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siguientes puntos resolutivos de la Sentencia:
a)
adecuar la legislación interna a los estándares de la Convención
Americana (punto dispositivo primero de la Sentencia de 25 de noviembre de
2004);
b)
brindar a la señora Lori Berenson atención médica adecuada y
especializada (punto dispositivo cuarto de la Sentencia de 25 de noviembre
de 2004); y
c)
adecuar las condiciones de detención en el Penal de Yanamayo a los
estándares internacionales, trasladar a otras prisiones a quienes por sus
condiciones personales no puedan estar recluidos a la altura de dicho
establecimiento penal, e informar cada seis meses a esta Corte sobre esta
adecuación (punto dispositivo sexto de la Sentencia de 25 de noviembre de
2004).
Y RESUELVE:
1.
Dar por terminada la supervisión de cumplimiento de Sentencia y consecuentemente
se da por concluido el caso Lori Berenson Mejía en relación a lo ordenado en la Sentencia
emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 25 de noviembre de 2004.
2.
Archivar el expediente del presente caso.
3.
Comunicar esta Resolución a la Asamblea General de la Organización de los Estados
Americanos en su próximo período ordinario de sesiones por conducto del Informe Anual de
la Corte Interamericana de Derechos Humanos del año 2012.
4.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución a la República
del Perú, a la Comisión Interamericana y a los representantes de las víctimas.
Manuel E. Ventura Robles
Presidente en ejercicio
Leonardo A. Franco
Margarette May Macaulay