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contradicciones, ya que en alguna oportunidad habría solicitado que se
levantasen las medidas dictadas en su favor mientras que recientemente
habría expresado su deseo que las mismas se mantuvieran. Afirmó que
similares contradicciones ocurren en el caso de la otra beneficiaria, en cuanto
a sus afirmaciones sobre la existencia de nuevos hechos de amenazas.
Finalmente, agregó que las razones que el Estado tuvo en 1997 para solicitar
que se reestablecieran las medidas provisionales a favor de estos dos
beneficiarios, no pueden sostenerse en la actualidad como fundamento de su
continuidad. Actualmente existirían mayores garantías de seguridad para el
ejercicio de derechos y libertades, mayor capacidad y compromiso del Estado
para la protección de las personas. Señaló que no hay información que
demuestre el agravamiento de la situación de riesgo y que las investigaciones
penales relacionadas con las presentes medidas pueden seguir avanzando, sin
que ello implique un riesgo para los beneficiarios. El Estado expresó estar en
disposición de aceptar discutir los criterios sobre los cuales hace la evaluación
de riesgo;
b) sobre la investigación de amenazas e interceptación telefónica de la que
habría sido objeto María Nodelia Parra: recordó que la investigación de las
presuntas amenazas se inició en octubre de 1995. Informó que actualmente
se encuentra en la etapa de indagación preliminar debido a que no se ha
logrado identificar a las personas que las habrían cometido y que para iniciar
la instrucción o sumario la ley requiere la identificación del acusado, lo que no
ocurrió en el caso. A pesar de la realización de diligencias no se logró
determinar la existencia de las alegadas amenazas y, por tanto, identificar a
esas personas. Con el fin de realizar todas las diligencias posibles el fiscal que
intervino anteriormente en el caso dispuso medidas especiales como recabar
información periódica de la empresa de teléfonos utilizada por la beneficiaria
y entrevistas periódicas a María Nodelia Parra para determinar la existencia
de nuevas amenazas o interceptaciones telefónicas. Desde hace varios años
el Cuerpo Técnico de Investigación ha revisado las líneas telefónicas e
informado que no hay novedades al respecto, y en las entrevistas que se le
han hecho, la propia señora Nodelia Parra ha señalado que no ha sido objeto
de nuevas amenazas; y
c) sobre la implementación de las medidas provisionales: indicaron que el
esquema de protección de seguridad de María Nodelia Parra consiste en una
camioneta y dos escoltas con armas de dotación, además de la protección que
le brinda la Oficina de Protección que funciona en el Ministerio del Interior y
de Justicia.
9.
Las observaciones de los representantes a lo informado por el Estado en la
audiencia pública quienes, entre otras consideraciones, manifestaron:
a) sobre la vigencia de las medidas: las razones por las cuales el Tribunal
resolvió mantener las medidas el 4 de julio de 2006 no se han modificado
hasta el presente. Recordaron que en 1997 fue el propio Estado quien solicitó
que se reconsiderara el levantamiento de las medidas provisionales,
coadyuvando lo pedido por los representantes, y que se las mantuviera hasta
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