RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 8 DE MAYO DE 2012 FONDO DE ASISTENCIA LEGAL DE VÍCTIMAS CASO MENDOZA Y OTROS (PRISIÓN Y RECLUSIÓN PERPETUAS DE ADOLESCENTES) VS. ARGENTINA VISTO: 1. El escrito de 17 de junio de 2011 y sus anexos, mediante los cuales la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) sometió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) un caso en contra de la República Argentina (en adelante “Argentina” o “el Estado”). 2. La comunicación de 20 de diciembre de 2011, mediante la cual la representante de las presuntas víctimas1 (en adelante “la representante”) presentó su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas en relación con el presente caso (en adelante el “escrito de solicitudes y argumentos”). En dicho escrito solicitó hacer uso del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante el “Fondo de Asistencia de la Corte” o el “Fondo”) para garantizar la presencia de dos testigos y dos peritos durante la audiencia pública y para cubrir los gastos que se generen por la recepción de 15 declaraciones testimoniales y un peritaje ante fedatario público (affidávit). CONSIDERANDO QUE: 1. Argentina es Estado Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante la “Convención Americana” o la “Convención”) desde el 5 de septiembre de 1984 y reconoció la competencia contenciosa de la Corte en esa misma fecha, de acuerdo con el artículo 62 de dicho tratado. 2. En el 2008 la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (en adelante la “OEA”) creó el Fondo de Asistencia Legal del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (en adelante “el Fondo de Asistencia del Sistema Interamericano”) y encomendó al Consejo Permanente de la OEA su reglamentación 2. Dicho Fondo de Asistencia fue creado con el “objeto [de] facilitar acceso al sistema interamericano de 1 La representante de las presuntas víctimas es la señora Stella Maris Martínez, Defensora General de la Nación Argentina. 2 Cfr. AG/RES. 2426 (XXXVIII-O/08) Resolución adoptada por la Asamblea General de la OEA durante la celebración del XXXVIII Período Ordinario de Sesiones de la OEA, en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 3 de junio de 2008, “Creación del Fondo de Asistencia Legal del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, párrafo dispositivo 2.b.

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