4 9. Al respecto, el 14 de noviembre de 2007 el Estado solicitó a la Corte que rechazara “la participación de personas señaladas por [los representantes] a manera de peritos, toda vez que su ofrecimiento no cumplió con los requisitos que […] prevé el Reglamento”, y que declare como no ofrecido en tiempo y forma el testimonio de la presunta víctima, señalando además que “los [representantes] no concretaron sus pretensiones de reparación en el momento procesal oportuno”. 10. En su Resolución de 30 de noviembre de 2007, la Corte resolvió rechazar el ofrecimiento de prueba pericial extemporáneo realizado por los representantes y convocar, de las personas por ellos ofrecidas, únicamente a la presunta víctima, por entender que su declaración era útil para la resolución del presente caso (infra párr. 72). Asimismo, por medio de la referida Resolución de 30 de noviembre de 2007, la Corte convocó a la Comisión, a los representantes y al Estado a una audiencia pública para recibir la declaración testimonial del señor Jorge Castañeda Gutman, propuesto por los representantes, y el dictamen pericial del señor Lorenzo Córdova Vianello, propuesto por la Comisión Interamericana, así como para escuchar los alegatos finales orales de las partes sobre las excepciones preliminares y los eventuales fondo, reparaciones y costas. El 14 de diciembre de 2007 la Comisión informó que desistía de la prueba pericial ofrecida. El 30 de enero de 2008 el Estado solicitó al Tribunal que considerase la posibilidad de redistribuir las etapas en el desarrollo de la audiencia pública de forma tal que se distinguiera una primera etapa de alegatos sobre excepciones preliminares y una segunda etapa de alegatos sobre eventuales fondo, reparaciones y costas, lo cual fue aceptado por la Corte. Asimismo, el 6 de febrero de 2008 los representantes realizaron diversas solicitudes sobre la audiencia pública, las cuales fueron consideradas y resueltas por la Corte en la reunión previa a la audiencia. 11. La audiencia pública fue celebrada el 8 de febrero de 2008 durante el LXXVIII Período Ordinario de Sesiones de la Corte3. Tanto los representantes como el Estado presentaron documentos probatorios durante la referida audiencia. El 12 de marzo de 2008 la presunta víctima remitió su escrito de alegatos finales, en el cual incluyó diversos anexos documentales, entre los que se encuentran los comprobantes de gastos efectuados en relación con la audiencia pública. El 10 de marzo de 2008 la Comisión Interamericana y el Estado remitieron sus respectivos escritos de alegatos finales. Finalmente, el 19 de julio de 2008 los representantes remitieron un escrito sobre “ciertos hechos supervinientes” en referencia a la deliberación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de 3 de julio de 2008, en relación con la validez constitucional de la norma que establece que corresponde exclusivamente a los partidos políticos solicitar el registro de candidaturas a cargos de elección popular, y 3 A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Florentín Meléndez y Santiago Cantón, Delegados, y Juan Pablo Albán y Lilly Ching Soto, Asesores; b) por los representantes de la presunta víctimas: Fabián Aguinaco Bravo, Santiago Corcuera Cabezut y Federico Reyes Heroles; y c) por el Estado: Juan Manuel Gómez-Robledo, Embajador y Subsecretario de Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores; Miguel Alessio Robles, Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal; María Carmen Oñate Muñoz, Embajadora Titular de la Embajada de México en Costa Rica; Joel Hernández García, Embajador Consultor Jurídico de la Secretaría de Relaciones Exteriores; Carlos Aguilar Suárez, Titular de la Unidad de Promoción y Protección de los Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación; Rolando Wilfredo de Lassé Cañas, Director Jurídico del Instituto Federal Electoral; Alejandro Negrín, Ministro Director General de Derechos Humanos y Democracia de la Secretaría de Relaciones Exteriores; Ana Luz Brun Iñarritu, Directora General de Consultas y Estudios Constitucionales, Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal; Víctor Manuel Uribe Aviña, Consultor Jurídico Adjunto de la Secretaría de Relaciones Exteriores; José Luis Alcudi Agoya, Director General Adjunto de Comunicación Social de la Secretaría de Relaciones Exteriores; José Ignacio Martín del Campo, Director de Litigio de la Secretaría de Relaciones Exteriores; y Jorge Ulises Carmona Tinoco, Asesor Externo del Instituto Federal Electoral.

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