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daño moral causado a la familia, solicitaron a la Corte que fije en equidad un monto de
US$80.000,00 dólares para el padre, US$80.000,00 para la madre y US$50.000,00 dólares
para cada uno de los hermanos”. Sin embargo, en sus alegatos finales escritos señalaron que
el valor de la compensación por este concepto a los familiares de José Luis García Ibarra,
“puede ser establecido en base a los principios de equidad y la amplia jurisprudencia” de la
Corte.
198. El Estado alegó que la afectación emocional de la familia no se encuentra fundamentada
en un análisis médico o en otra prueba, además de verificarse la falta de nexo causal
especialmente entre los tres hermanos menores del adolescente. Indicó que el monto de US$
640.000,00 dólares solicitado en total por las presuntas víctimas como daño moral es
“considerado excesivo”, por lo que, si se determina al Estado responsable, solicitó a la Corte
“que fije un valor en equidad de conformidad a su jurisprudencia, mismo que no podrá
sobrepasar” el monto de US$30.000,00 dólares (diez mil para José Luis García y cuatro mil
para cada uno de sus familiares).
Consideraciones de la Corte
199. La jurisprudencia internacional ha establecido reiteradamente que la sentencia puede
constituir per se una forma de reparación 215. No obstante, la Corte ha desarrollado en su
jurisprudencia el concepto de daño inmaterial y ha establecido que éste “puede comprender
tanto los sufrimientos y las aflicciones causados a la víctima directa y a sus allegados, el
menoscabo de valores muy significativos para las personas, así como las alteraciones, de
carácter no pecuniario, en las condiciones de existencia de la víctima o su familia” 216.
200. La Corte considera que, a raíz de los hechos del presente caso, los familiares de las
víctimas sufrieron afectaciones psíquicas y alteraciones a su núcleo familiar. Además de que la
señora Pura Vicenta Ibarra presenció el momento de la muerte de su hijo y sufrió consecuencias
físicas y psicológicas, su padre y hermanos se vieron profundamente afectados por una situación
que no lograban entender y no tenía justificación. La Corte considera que el desgaste emocional
derivado de los hechos y la búsqueda de la justicia, han causado un impacto negativo en el
conjunto familiar, principalmente en relación con los aspectos económico, social y laboral. Al
respecto, con base en declaraciones testimoniales 217, se evidencia que los familiares de José Luis
situación que los llevaba a recordar el trágico suceso en forma constante, además el estar
permanentemente pendientes del juicio los llevó a descuidar el cuidado y crianza de sus otros
hijos lo que aumentaba el dolor que sufrían, a más de sufrir constante acoso del acusado que
buscaba que ellos abandonen la acusación judicial”. A lo que agregan que “[l]os hermanos de
José Luis, a más del dolor por la pérdida de su hermano, sufrían al ver que sus padres estaban
todo el tiempo tristes, que su madre se enfermaba en forma constante y pasaba mucho tiempo
llorando, a ello se sumó el hecho de verse abandonados por sus padres que estaban más
pendientes del juicio que de ellos, por lo que incluso los hermanos mayores debieron asumir la
carga del hogar cuidando y protegiendo a los hermanos menores e incluso buscando trabajo
para ayudar económicamente en el hogar […] muchas veces les faltaba dinero por cuanto los
padres dedicaban los recursos a los gastos judiciales”
215
Cfr. Caso El Amparo Vs. Venezuela. Reparaciones y Costas. Sentencia de 14 de septiembre de 1996. Serie C
No. 28, párr. 35, y Caso López Lone y otros Vs. Honduras, supra, párr. 320.
216
Cfr. Caso de los “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros) Vs. Guatemala. Reparaciones y Costas, supra,
párr. 84, y Caso López Lone y otros Vs. Honduras, supra, párr. 320.
217
Cfr. Declaración de Pura Vicenta Ibarra Ponce, madre de la víctima, rendida en la audiencia pública: “Yo vi
cuando […] le disparó. Ahí lo cogimos, lo llevamos al hospital […] y […] seguimos buscando la justicia, buscando la
verdad […], comenzamos a buscar el abogado era poco lo que hacía o nada […] Yo andaba mal, yo ya no podía, ni
entendía mucho lo que estaban diciendo […] En mi casa ya todos estaban mal, mis hijos abandonados y todo ese
tiempo yo andando solo al pie de mi marido, mis hijos ya no estaban bien […]. Tuvimos que vender todo lo que
teníamos [… incluso la] máquina de escribir para los muchachitos que estaban en el colegio […], no he podido [superar
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