3
2011 la Comisión remitió esta comunicación al peticionario, solicitándole que presentara sus
observaciones dentro del plazo de un mes.
10.
El 8 de septiembre de 2011 el peticionario presentó sus observaciones, las cuales fueron
transmitidas al Estado peruano el 3 de octubre de 2011, solicitándole que en un plazo de un mes
presentara sus observaciones. El 7 de octubre de 2011 el peticionario presentó información adicional, la
cual fue trasladada al Estado el 1 de noviembre de 2011. El 22 de noviembre de 2011 el Estado presentó
información adicional. El 25 de noviembre de 2011 el peticionario presentó información adicional. El 1 de
febrero de 2012 el peticionario presentó información adicional, la cual fue trasladada al Estado peruano el
8 de febrero de 2012. En esta comunicación, la CIDH solicitó al Estado peruano información específica2 a la
luz del pedido del peticionario de que se elevara una nueva solicitud de medidas provisionales a la Corte
(sobre el trámite de las medidas cautelares y provisionales ver infra párrs. 14 a 23).
11.
El 21 de febrero de 2012 el Estado peruano presentó respuesta a este requerimiento de
información, la cual fue trasladada al peticionario el 22 de febrero de 2012. El 17 de febrero de 2012 el
peticionario presentó información adicional, la cual fue trasladada al Estado el 5 de marzo de 2012. El 27
de febrero y el 2, 5 y 14 de marzo de 2012 el peticionario presentó información adicional. El 22 de marzo
de 2012 se trasladó al Estado la información adicional presentada por el peticionario el 25 de noviembre
de 2011. El 23 de marzo de 2012 se trasladó al Estado la información adicional presentada por el
peticionario el 2, 5 y 14 de marzo de 2012, solicitándole que en un plazo de un mes presentara sus
observaciones.
12.
El 26 de marzo de 2012 la Comisión celebró una audiencia pública sobre el fondo del
caso. En dicha audiencia las partes aportaron información actualizada y formularon observaciones
adicionales sobre el fondo. El 27 de noviembre de 2012 el peticionario presentó información adicional. El 5
de diciembre de 2012 la Comisión transmitió la información del peticionario al Estado. El 3 de abril de
2013 el peticionario presentó información adicional. El 15 de abril de 2013 la Comisión transmitió la
información del peticionario al Estado.
13.
El 27 de abril de 2013 el Estado de Perú presentó sus observaciones. El 1 de mayo de
2013 el Estado presentó su respuesta. El 20 de mayo de 2013 la Comisión transmitió la información del
Estado al peticionario. El 25 de junio de 2013 el Estado presentó información adicional. El 26 de junio de
2013 la Comisión transmitió la información del Estado al peticionario.
B.
Trámite de las medidas cautelares y provisionales
14.
El 21 de enero de 2009 la CIDH recibió una solicitud de medidas cautelares a favor del
señor Wong Ho Wing. Tras una serie de trámites y de conformidad con el artículo 25 de su Reglamento, el
31 de marzo de 2009 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor del señor Wong Ho Wing y solicitó al
Estado peruano que se abstuviera de extraditarlo hasta tanto se pronunciara sobre la petición individual
presentada el 27 de marzo de 2009 en los términos del artículo 44 de la Convención. Tanto el Estado como
2
Las preguntas efectuadas por la CIDH al Estado en esta oportunidad fueron: “1. Cómo se ha visto reflejado en el
proceso de extradición y en la situación procesal del señor Wong Ho Wing el fallo de Tribunal Constitucional de 24 de mayo de
2011 que ordena al Poder Ejecutivo abstenerse de extraditarlo?; 2. Si aún no se ha tomado una decisión definitiva sobre la
solicitud de extradición, cuál es el procedimiento para tomarla y durante qué marco temporal?; y 3. Cuál es la base jurídica para
mantener al señor Wong Ho Wing privado de libertad?”.