-5- 11. Que la Comisión Interamericana señaló que “[n]o existe información actualizada que permita constatar que el pago se ha hecho efectivo” y que “[l]o anterior, aunado al hecho de que se ha excedido ampliamente el plazo otorgado originalmente por el Tribunal, las modalidades establecidas para el mismo, la necesidad inminente de reparar las violaciones causadas a la parte lesionada y la solicitud expresa por parte de la Corte de que informe al respecto”. * * * 12. Que respecto a la anulación del proceso militar y todos los efectos que de él se derivan, ni el Estado ni los representantes presentaron información sobre este punto. 13. Que la Comisión Interamericana hizo notar “[l]a ausencia de información relativa a acciones tendientes a cumplir […] esta obligación” y enfatizó “[l]a necesidad e importancia de que la Corte ordene al Estado que tome, a la brevedad posible, las medidas tendientes para dar cumplimiento de buena fe a sus obligaciones internacionales derivadas de la sentencia del Tribunal”. * * * 14. Que respecto a la investigación de los hechos y sanción de los responsables, el Estado manifestó que el señor Raúl Aurelio Talledo Valdivieso fue condenado a cuatro años de pena privativa de libertad por el delito de abuso de autoridad en contra del señor Cesti Hurtado, cuya sentencia fue confirmada por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República. A su vez, el Estado informó que el señor Guido Eduardo Guevara Guerra fue procesado por el mismo delito contra el señor Cesti Hurtado, aunque la “[a]utoridad judicial peruana ordenó la reserva de su juzgamiento, toda vez que se encuentra en calidad de reo contumaz, por lo que se ha dispuesto que se cursen las órdenes de captura a nivel nacional e internacional”. 15. Que los representantes señalaron que “[h]asta el día de hoy ningún agente del Estado ha podido demostrar que dicho proceso al que se refieren es consecuencia de la Sentencia de la […] Corte [Interamericana]”. 16. Que la Comisión Interamericana se refirió a “[l]a falta de información específica por parte del Estado de las medidas tendientes a dar un cumplimiento efectivo de esta medida de reparación”. * * * 17. Que el último informe de avance en el cumplimiento de las Sentencias ordenadas por el Tribunal en el presente caso (supra Visto 8) fue presentado por el Estado el 9 de marzo de 2007.

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