30
recibió un testimonio que reporta su desaparición131.
B.4.3. Declaración ante la Comisión de la Verdad y Reconciliación
97.
El 8 de mayo de 2002 Marcelina Medina Negrón rindió una declaración ante la Comisión
de la Verdad y Reconciliación, en la que ratificó sus declaraciones en cuanto a la detención de
Néstor Rojas Medina habría ocurrido el 26 de enero de 1991, e indicó que el Comandante
Santos lo capturó, y que estuvo detenido en la Comisaría de Tocache por 8 días, y luego fue
trasladado a la base militar de Tocache132.
B.4.4. Actuaciones judiciales en torno a la desaparición de Néstor Rojas Medina
B.4.4.1. Denuncias presentadas relativas a la desaparición de Néstor Rojas Medina
98.
Según la información disponible en el expediente, se habrían presentado varias
denuncias relativas a la desaparición de Néstor Rojas Medina. La primera fue presentada por
la señora CSL, Presidenta de la Asociación de Comerciantes Minoristas del Mercado de Abastos
No. 1, el 5 de febrero de 1991 ante la Fiscalía de Tocache, quien indicó que “según versiones
de personas que transitaban por ese sector” el 31 de enero del mismo año Néstor Rojas Medina
fue detenido por efectivos de la P.N.P., junto con el señor MC, mientras “caminaban por el
[J]irón Comercio”, en la provincia de Tocache133. Según la declaración de la señora CSL,
“[c]uando varios asociados se apersonaron a la Comisaría local y a la Base del Ejército
[p]eruano, con la finalidad [de] indagar sobre la situación y el paradero de los detenidos” se
les negó que se encontraban detenidos134. La segunda fue presentada el 8 de marzo de 1991
por la señora Marcelina Medina Negrón ante la Fiscalía de la Nación 135, en la que indicó que
su hijo “fue detenido por efectivos de la Policía Nacional del Perú en medio de una ‘batida’”,
que fue conducido “a la Comisaría del lugar”, que “la PNP dijo que pondría en libertad a Néstor
[Rojas Medina] luego del procedimiento de rutina” y que después les dijeron “que fue
trasladado a la base militar de Tocache, pero en ese lugar han negado que haya estado alguna
vez detenido”. La tercera fue presentada el 20 de agosto de 2003 ante la Fiscal Provisional de
la Fiscalía Especializada para Desapariciones Forzosas, por Marcelina Medina Negrón 136, en la
cual indicó que la desaparición habría ocurrido “el 26 de enero de 1991” y señaló como
responsable de la desaparición de su hijo al “Comandante ‘Tito’, Jefe de la Comandancia de la
Comisión de la Verdad y Reconciliación, Informe Final, 2003, supra, pág. 365.
Cfr. Declaración de Marcelina Medina Negrón rendida ante la Comisión de la Verdad y Reconciliación el 8 de
mayo de 2002 (expediente de trámite ante la Comisión, fs. 1859 a 1864).
133
Cfr. Denuncia de CSL ante la Fiscalía de Tocache de 5 de febrero de 1991 (expediente de prueba, anexo 52
al Informe de Fondo, f. 496). La señora CSL expresamente se negó a ratificar su denuncia, porque “su conviviente
del asociado (sic) Néstor Rojas Medina, cuyo nombre desconozco [l]e ha indicado que no haga nada sobre el particular
ya que se iba de viaje a la ciudad de Lima y ya no le importaba el destino de su conviviente”. Declaración Indagatoria
de la señora CSL rendida ante la Fiscalía Provincial Mixta de Tocache de 19 de marzo de 1991 (expediente de trámite
ante la Comisión, f. 1910).
134
Según la declaración de Marcelina Medina Negrón de 2003, siendo asistida por el Senador JHP, ella indicó
que éste se comunicó con la Policía Nacional de Tocache, que “había sido puesto a disposición del Comando Militar”.
Denuncia Penal por delitos de secuestro y desaparición forzada interpuesta por Marcelina Medina Negrón ante la Fiscal
Provisional de la Fiscalía Especializada para Desapariciones Forzosas, Ejecuciones Extrajudiciales y Exhumación de
Fosas Clandestinas el 20 de agosto de 2003 (expediente de trámite ante la Comisión, f. 1482).
135
Denuncia presentada por Marcelina Medina Negrón el 8 de marzo de 1991 ante la Fiscalía de la Nación
(expediente de prueba, expediente de trámite ante la Comisión, fs. 1932 y 1933).
136
Cfr. Denuncia Penal por delitos de secuestro y desaparición forzada interpuesta por Marcelina Medina Negrón,
supra; Carta de Marcelina Medina Negrón de 14 de febrero de 1991 dirigida al Senador de la República JHP (expediente
de trámite ante la Comisión, fs. 1770 y 1771); Diligencia de declaración indagatoria de Marcelina Medina Negrón
rendida ante la Fiscalía Especializada para Desapariciones Forzadas, Ejecuciones Extrajudiciales y Exhumación de
Fosas Clandestinas el 17 de enero de 2005 (expediente de trámite ante la Comisión, fs. 1435 a 1438). En esta
declaración indagatoria, Marcelina Medina Negrón indicó que los referidos hechos ocurrieron el 8 de diciembre de
1990, a diferencia de en sus demás declaraciones.
131
132