4 Sostienen que, a partir de junio de 2006, los agentes del Estado intensificaron las amenazas contra RCTV, en razón de su línea editorial. Afirman que el 14 de junio de 2006, durante una ceremonia en el Ministerio de la Defensa, el Presidente de la República, Hugo Rafael Chávez Frías (en adelante “el Presidente Chávez”), había anunciado que revisaría las concesiones de las televisoras que “apoyaron el golpe”. Relatan que ese mismo día, el titular del Ministerio de Comunicación e Información (MINCI), Ministro William Lara, señaló que el Estado tenía la facultad de no renovar la concesión de los medios de comunicación que no habían cambiado su conducta desde el 11 y 12 de abril de 2002. Conforme a los peticionarios, dichas declaraciones fueron apoyadas por otros funcionarios estatales y reiteradas por el Presidente Chávez en diversas ocasiones. Por ejemplo, indican una conversación llevada a cabo el 1º de diciembre de 2006 entre el Presidente y el periodista Carlos Croes, en la que el jefe de Estado se refirió a RCTV como “un canal cuyos dueños se han declarado enemigos del gobierno”, y afirmó que no estaba obligado a darle la concesión a la emisora. 14. A partir de diciembre de 2006, explican los peticionarios, el Presidente Chávez y otros altos funcionarios del Estado pasaron a anunciar la decisión oficial de no renovar la concesión a RCTV. En ese sentido, los peticionarios presentan una serie de transcripciones de los discursos supuestamente emitidos por agentes del Estado, entre el 28 de diciembre de 2006 y el 19 de enero de 2007, en los que éstos declararon que no se renovaría la concesión a RCTV, refiriéndose a la emisora como “fascista”, “irresponsable”, “venenosa”, “golpista” y “mentirosa”. Señalan que el discurso oficial también acusaba a RCTV de violar diversas leyes en materia de radiodifusión, pero que no era posible encontrar sustento para estas acusaciones toda vez que no existe sanción alguna que se haya impuesto a RCTV por infracciones graves a ninguna de las leyes aplicables a la televisión. 15. Además, los peticionarios relatan que en febrero de 2007, en el marco de una campaña oficial, el Estado publicó avisos en los periódicos y afiches en las oficinas públicas, que decían: “Darle [l]a concesión a la verdad… RCTV… Es no renovar la mentira ¡El pueblo tiene con qué! (Gobierno 3 Bolivariano de Venezuela. Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información)” , y publicó el “Libro Blanco sobre RCTV”. De este modo, sostienen que la evidencia muestra que la verdadera razón del Estado para no renovar la concesión a RCTV era castigar su discrepancia y acallar la única señal de televisión abierta con cobertura nacional que difundía informaciones e ideas de toda índole. 16. Los peticionarios aseveran que el 24 de enero de 2007, ante las declaraciones de los agentes del Estado, RCTV se dirigió a CONATEL a fin de exigirle el reconocimiento de la vigencia de su concesión por el plazo establecido en LOTEL y los derechos correspondientes. Aducen que, en esa oportunidad, RCTV también alegó el carácter discriminatorio, desproporcionado y retaliativo de la decisión anunciada por el Presidente de la República. Alegan que, en respuesta a dicha solicitud, el 29 de marzo de 2007, el Ministro del Poder Popular para las Telecomunicaciones y la Informática (MPPTI) y Director de CONATEL, Jesse Chacón Escamillo, notificó a RCTV la Comunicación Nº 0424. Según los peticionarios, dicha comunicación ratificó la decisión de no extender la concesión a RCTV, exponiendo entre otros que: i) RCTV no tenía derecho de preferencia para la extensión de la concesión; ii) no había lugar para la transformación de los títulos jurídicos de esa emisora, y iii) no era necesaria la evacuación de las pruebas presentadas por RCTV en dicho procedimiento. Arguyen que tal decisión no tuvo en cuenta lo dispuesto por LOTEL y, por otra parte, aplicó de forma selectiva el Decreto Nº 1.577, sin considerar la posibilidad de prórroga establecida en el referido decreto. Sostienen que, a fin de brindar a su decisión un ropaje supuestamente legal, el Ministro Escamillo la fundó en el nuevo Plan Nacional de Telecomunicaciones. Señalaron que, mediante la Resolución Nº 002 de 28 de marzo de 2007 y supuestamente fundado en las nuevas políticas estatales para las telecomunicaciones, dicho Ministro declaró el decaimiento, por falta de objeto, de la solicitud de transformación de los títulos jurídicos de RCTV y extinguió el procedimiento administrativo correspondiente. 17. Pese a ello, los peticionarios aducen que dicho plan no fue planteado ni discutido públicamente, y nunca antes había sido indicado como fundamento para denegar la renovación de la concesión a RCTV. Sostienen que había otras frecuencias disponibles para que se cumpliera con los 3 Anexo 1, Comunicación de los peticionarios recibida el 18 de febrero de 2010, p. 29.

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