IV RECONOCIMIENTO DE RESPONSABILIDAD A. Reconocimiento de responsabilidad del Estado y observaciones de las representantes y la Comisión 16. Inicialmente, el Estado en su escrito de contestación, realizó un reconocimiento parcial de responsabilidad 7. Posteriormente, en la audiencia pública, realizó un reconocimiento pleno de su responsabilidad por la desaparición forzada del señor Arles Edisson Guzmán Medina perpetrada por miembros del Bloque Cacique Nutibara de las Autodefensas Unidas de Colombia (en adelante también “AUC”), el cual fue ratificado por el Estado en sus alegatos finales. En su reconocimiento, la agente estatal expresó: “en nombre del Estado pido perdón por el sufrimiento que la desaparición forzada de Arles Edisson Guzmán y la falta de respuesta de las autoridades ha generado en las víctimas, soy consciente del impacto que este suceso ha tenido en sus vidas, el dolor causado por la desaparición de un ser querido es algo que no puedo describir, confío en que el reconocimiento que se ha hecho en esta audiencia pueda aliviar en algo el dolor que durante tanto tiempo ha persistido en cada uno de ustedes”. En esa oportunidad el Estado hizo énfasis en su compromiso de llevar a cabo el cumplimiento de las órdenes que impartirá la Corte en materia de reparación. 17. Particularmente, señaló que entre finales del año 2002 e inicios del 2003, los habitantes de la Comuna 13 vivieron las consecuencias de la “Operación Orión” ya que, después de este operativo, el Bloque Cacique Nutibara (en adelante también “BCN”) ingresó y se hizo hegemónico en la zona, y a su dominio les siguieron las expulsiones, desplazamientos y desapariciones forzadas que, según el Estado “se hacían con lista previamente conformada por paramilitares de dicho Bloque y de manera selectiva”. Asimismo, el Estado sostuvo que es razonable inferir que los crímenes cometidos por el Bloque Cacique Nutibara son atribuibles al Estado colombiano considerando la existencia de un contexto de relacionamiento entre agentes estatales y grupos paramilitares, la coincidencia entre el modus operandi del BCN y las circunstancias de la desaparición, y que en el caso concreto se estableció que el señor Guzmán Medina fue sustraído del lugar donde trabajaba por miembros de las Autodefensas Unidas quienes realizaban actividades delictivas bajo el conocimiento de la fuerza pública. Asimismo, reconoció su responsabilidad por la falta de diligencia en la investigación penal iniciada por estos hechos, así como por “respuestas inadecuadas que pusieron en riesgo a la señora Luz Eni[th] Franco y a los hermanos de Arles Edisson Guzmán”. 18. En virtud de lo anterior, el Estado reconoció su responsabilidad por la vulneración de los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, a la protección de la familia, a las garantías judiciales y protección judicial consagrados en los artículos 3, 4, 5, 7, 17, 8 y 25 de la Convención Americana, en relación con las obligaciones generales consagradas en el artículo 1.1 del mismo instrumento, y de los artículos I.a) y I.b) de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. Además, el Estado pidió perdón a los familiares por el sufrimiento que la desaparición forzada de Arles Edisson Guzmán Medina y por la falta de respuesta de las autoridades ha generado en las víctimas. Por último, en cuanto a las reparaciones, junto con los alegatos finales escritos presentó el Acuerdo, en el cual reiteró su reconocimiento de responsabilidad y se comprometió a cumplir con determinadas medidas de reparación, así 7 En su escrito de contestación, el Estado reconoció parcialmente su responsabilidad, con base en que no adelantó hasta el mes de julio de 2009, de manera diligente las labores tendientes a la búsqueda del señor Guzmán Medina, y reconoció que esta omisión causó un sufrimiento a su núcleo familiar que no debía soportar, en violación del derecho a la integridad personal de los familiares. 6

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