IV
RECONOCIMIENTO DE RESPONSABILIDAD
A. Reconocimiento de responsabilidad del Estado y observaciones de las
representantes y la Comisión
16.
Inicialmente, el Estado en su escrito de contestación, realizó un reconocimiento parcial
de responsabilidad 7. Posteriormente, en la audiencia pública, realizó un reconocimiento pleno
de su responsabilidad por la desaparición forzada del señor Arles Edisson Guzmán Medina
perpetrada por miembros del Bloque Cacique Nutibara de las Autodefensas Unidas de
Colombia (en adelante también “AUC”), el cual fue ratificado por el Estado en sus alegatos
finales. En su reconocimiento, la agente estatal expresó: “en nombre del Estado pido perdón
por el sufrimiento que la desaparición forzada de Arles Edisson Guzmán y la falta de respuesta
de las autoridades ha generado en las víctimas, soy consciente del impacto que este suceso
ha tenido en sus vidas, el dolor causado por la desaparición de un ser querido es algo que no
puedo describir, confío en que el reconocimiento que se ha hecho en esta audiencia pueda
aliviar en algo el dolor que durante tanto tiempo ha persistido en cada uno de ustedes”. En
esa oportunidad el Estado hizo énfasis en su compromiso de llevar a cabo el cumplimiento de
las órdenes que impartirá la Corte en materia de reparación.
17.
Particularmente, señaló que entre finales del año 2002 e inicios del 2003, los
habitantes de la Comuna 13 vivieron las consecuencias de la “Operación Orión” ya que,
después de este operativo, el Bloque Cacique Nutibara (en adelante también “BCN”) ingresó
y se hizo hegemónico en la zona, y a su dominio les siguieron las expulsiones,
desplazamientos y desapariciones forzadas que, según el Estado “se hacían con lista
previamente conformada por paramilitares de dicho Bloque y de manera selectiva”. Asimismo,
el Estado sostuvo que es razonable inferir que los crímenes cometidos por el Bloque Cacique
Nutibara son atribuibles al Estado colombiano considerando la existencia de un contexto de
relacionamiento entre agentes estatales y grupos paramilitares, la coincidencia entre el modus
operandi del BCN y las circunstancias de la desaparición, y que en el caso concreto se
estableció que el señor Guzmán Medina fue sustraído del lugar donde trabajaba por miembros
de las Autodefensas Unidas quienes realizaban actividades delictivas bajo el conocimiento de
la fuerza pública. Asimismo, reconoció su responsabilidad por la falta de diligencia en la
investigación penal iniciada por estos hechos, así como por “respuestas inadecuadas que
pusieron en riesgo a la señora Luz Eni[th] Franco y a los hermanos de Arles Edisson Guzmán”.
18.
En virtud de lo anterior, el Estado reconoció su responsabilidad por la vulneración de
los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal,
a la libertad personal, a la protección de la familia, a las garantías judiciales y protección
judicial consagrados en los artículos 3, 4, 5, 7, 17, 8 y 25 de la Convención Americana, en
relación con las obligaciones generales consagradas en el artículo 1.1 del mismo instrumento,
y de los artículos I.a) y I.b) de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de
Personas. Además, el Estado pidió perdón a los familiares por el sufrimiento que la
desaparición forzada de Arles Edisson Guzmán Medina y por la falta de respuesta de las
autoridades ha generado en las víctimas. Por último, en cuanto a las reparaciones, junto con
los alegatos finales escritos presentó el Acuerdo, en el cual reiteró su reconocimiento de
responsabilidad y se comprometió a cumplir con determinadas medidas de reparación, así
7
En su escrito de contestación, el Estado reconoció parcialmente su responsabilidad, con base en que no
adelantó hasta el mes de julio de 2009, de manera diligente las labores tendientes a la búsqueda del señor Guzmán
Medina, y reconoció que esta omisión causó un sufrimiento a su núcleo familiar que no debía soportar, en violación
del derecho a la integridad personal de los familiares.
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