59 ii. faltan servicios médico, dental y psicológico adecuados y responsables. Cuando el señor Ramírez tenía citas en el hospital público, las autoridades no lo trasladaron. Durante su detención desarrolló gastritis, pero nunca recibió una comida especial, lo que le ocasionó una úlcera; iii. el señor Ramírez sufre malos tratos y amenazas por parte de otros reclusos y de los guardias. En el Sector 11 fue atacado con cuchillo por otro reo, por lo que actualmente padece dolores en el costado izquierdo; iv. el señor Ramírez tiene derecho a una hora de visita por semana; sin embargo, el registro que se practica a los visitantes hace que aquélla se reduzca a 35 o 45 minutos. No ha visto a sus hijos desde hace 7 meses y no ha recibido visita conyugal en más de un año; y v. faltan espacios físicos adecuados para la comunicación efectiva con el abogado defensor. c) el régimen especial de seguridad, el trato y las condiciones de detención constituyen un método para aniquilar la capacidad física y mental del señor Ramírez. Estas condiciones le causan sufrimiento y angustia, lo que se ha manifestado en enfermedades psicosomáticas por las que no recibe ningún tratamiento; d) en el presente caso se han configurado los elementos esenciales del fenómeno del corredor de la muerte: la demora prolongada en espera de ejecución, las condiciones de detención y la angustia; y e) los familiares del señor Fermín Ramírez también han padecido sufrimientos provenientes de la angustia de saberlo en el corredor de la muerte: la exconviviente del señor Ramírez, Ana Lucrecia Sis, fue despedida del trabajo cuando sus empleadores se enteraron de que era esposa del señor Ramírez; Ricardo Fermín Ramírez, hijo menor de la presunta víctima y de Ana Lucrecia Sis, sufrió depresión por la condena a muerte de su padre. Según un informe de la trabajadora social de la defensa pública, el niño falleció como consecuencia del estado de angustia y depresión en que se encontraba; los otros hijos padecen depresión severa, con problemas de aprendizaje y se encuentran bajo tratamiento psicológico. Respecto del artículo 17 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 de la misma a) las severas restricciones impuestas por el Estado al señor Fermín Ramírez han privado a éste de la posibilidad de relacionarse con sus hijos, lo cual afecta el desarrollo integral de los niños y el derecho a la vida familiar. La restricción de la libertad no debió lesionar las relaciones entre el señor Ramírez y sus hijos, que no son materia de la condena; y

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