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ii.
faltan servicios médico, dental y psicológico adecuados y
responsables. Cuando el señor Ramírez tenía citas en el hospital
público, las autoridades no lo trasladaron. Durante su detención
desarrolló gastritis, pero nunca recibió una comida especial, lo que le
ocasionó una úlcera;
iii.
el señor Ramírez sufre malos tratos y amenazas por parte de
otros reclusos y de los guardias. En el Sector 11 fue atacado con
cuchillo por otro reo, por lo que actualmente padece dolores en el
costado izquierdo;
iv.
el señor Ramírez tiene derecho a una hora de visita por
semana; sin embargo, el registro que se practica a los visitantes hace
que aquélla se reduzca a 35 o 45 minutos. No ha visto a sus hijos
desde hace 7 meses y no ha recibido visita conyugal en más de un año;
y
v.
faltan espacios físicos adecuados para la comunicación efectiva
con el abogado defensor.
c)
el régimen especial de seguridad, el trato y las condiciones de
detención constituyen un método para aniquilar la capacidad física y mental
del señor Ramírez. Estas condiciones le causan sufrimiento y angustia, lo que
se ha manifestado en enfermedades psicosomáticas por las que no recibe
ningún tratamiento;
d)
en el presente caso se han configurado los elementos esenciales del
fenómeno del corredor de la muerte: la demora prolongada en espera de
ejecución, las condiciones de detención y la angustia; y
e)
los familiares del señor Fermín Ramírez también han padecido
sufrimientos provenientes de la angustia de saberlo en el corredor de la
muerte: la exconviviente del señor Ramírez, Ana Lucrecia Sis, fue despedida
del trabajo cuando sus empleadores se enteraron de que era esposa del señor
Ramírez; Ricardo Fermín Ramírez, hijo menor de la presunta víctima y de Ana
Lucrecia Sis, sufrió depresión por la condena a muerte de su padre. Según
un informe de la trabajadora social de la defensa pública, el niño falleció como
consecuencia del estado de angustia y depresión en que se encontraba; los
otros hijos padecen depresión severa, con problemas de aprendizaje y se
encuentran bajo tratamiento psicológico.
Respecto del artículo 17 de la Convención Americana, en relación con el
artículo 1.1 de la misma
a)
las severas restricciones impuestas por el Estado al señor Fermín
Ramírez han privado a éste de la posibilidad de relacionarse con sus hijos, lo
cual afecta el desarrollo integral de los niños y el derecho a la vida familiar.
La restricción de la libertad no debió lesionar las relaciones entre el señor
Ramírez y sus hijos, que no son materia de la condena; y
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