5 posteriormente, “decidi[eron] como familia que no era prudente que se estuviera informando sobre esas acciones; ya que muchas […] eran orquestadas y planificadas por el Estado Mayor, como lo expresa un Juez de Sentencia en su Resolución” y esto le generaba a la familia “desconfianza razonable”, además que en entrevistas que tuvo con algunos detectives de la PNC, expresaron al señor Meléndez “que tuviera cuidado y desconfianza, porque ellos ya habían investigado y que las amenazas y vehículos utilizados para dar seguimiento fueron ordenados y realizados desde el Ministerio de la Defensa Nacional y el Estado Mayor[,] pero que ellos ya habían informado a sus superiores y al Director de la PNC” 7. 13. Respecto de las alegadas amenazas recibidas vía mensaje de texto (supra Considerando 4), la representación manifestó que el Estado reconoce en su informe de 6 de febrero de 2015 que hubieron amenazas a miembros de la familia, y agregó que fueron informadas a la Corte en su “Informe Urgente” de 27 de agosto de 2014 y en su escrito de observaciones de 26 de septiembre de 2014, y que fueron denunciadas en la Fiscalía General de la República el 6 de noviembre de 2014. 14. Además, hizo referencia a los hechos ocurridos entre diciembre de 2014 y febrero de 2015, que según la representación el Estado no informó a la Corte, y respecto de las cuales presentaron la denuncia en la Fiscalía General de la República y los agentes que les brindan la seguridad tienen conocimiento de ellas. Afirmó que el 8 de diciembre de 2014 “a las 18:20 p.m. [el señor Meléndez] recibió llamada por teléfono […], a la casa de habitación; la que fue contestada por él y una voz de un hombre le manifestó textualmente: “‘te hablamos de la mara; te tenemos ubicado que vivís en la Residencial Pilarica; y queremos que nos colabores con un dinero, eso es para evitarte problemas y que lleguemos en una forma más agresiva a tu casa[,] inmediatamente colgó […] e informó a uno de los protectores [el] señor Salvador Antonio Quezada Mejía y Douglas Relajeño’”. Sostuvo que, posteriormente, el 9 de diciembre de 2014, volvió a recibir una amenaza por mensaje de texto que decía “‘sombra, tenemos ubicadas a tus hijas y tu mujer’”, de lo cual dio informe a su protector y a la PNC. Luego el 10 de diciembre de 2014 el Coronel recibió otra amenaza por mensaje de texto de un número telefónico, que decía “‘sombra, si seguís denunciando y criticando a los militares te vas arrepentir ya sabemos dónde vivís, tus hijas y tu mujer’”. En particular, señaló que el 17 de diciembre de 2014 presentó la denuncia ante la Fiscalía General de la República, pero no se ha investigado. También indicó que el 31 de enero de 2015 la hija del señor Meléndez, Andrea Meléndez García recibió una llamada telefónica, la cual no contestó por ser de número desconocido, y con un minuto de diferencia, su hermana Estefany Marcela Meléndez García recibió una llamada del mismo número que tampoco fue contestada. Ambas llamadas fueron notificadas a la protectora y a la PNC. Finalmente, el 28 de febrero de 2015, alegó que la señora Marina de Meléndez, esposa del Coronel, recibió tres llamadas telefónicas de las cuales contestó la primera realizada al teléfono de la casa de habitación, en la que la interrogaron 8 advirtiéndole que también le hablarían a su teléfono personal, por lo que decidió no contestar las siguientes dos llamadas, este hecho fue puesto en conocimiento de la protectora, “quien tuvo a la vista los números telefónicos e informó a la [PNC]”. El beneficiario sostuvo que, por estas razones, a él y a su familia les preocupa que “de seguir denunciando[, …] se le[s] pueda causar un daño”. República, en su calidad de Comandante General de la Fuerza Armada, a quien le expuso la situación y solicitándole audiencia el 22 de septiembre de 2014, pero de igual manera asegura no haber recibido respuesta. Cabe señalar que se hace referencia a fechas anteriores a la Resolución de la Corte de 14 de octubre de 2014. 7 No señaló la fecha de las entrevistas, pero hace referencia a sus observaciones de 18 de octubre de 2012, que fueron presentadas con anterioridad a la Resolución de la Corte de 14 de octubre de 2014. 8 No indicó sobre qué la interrogaron.

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