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violencia en el Sur del César y, particularmente, la supuesta presencia de grupos
paramilitares en la región con la presunta anuencia y colaboración de la fuerza
pública allí acantonada, debiendo indicar la declarante por qué medios tuvo
conocimiento de los hechos contextuales aludidos.
6)
Araminta Omeara Miraval, quien declarará sobre: i) su conocimiento respecto
a los supuestos móviles y autores de los alegados: asesinato de José Erminso
Sepúlveda Saravia; atentado del padre de la declarante, Noel Emiro Omeara
Carrascal; desaparición forzada y homicidio de su hermano Manuel Guillermo
Omeara Miraval, y el atentado contra la vida de Héctor Álvarez Sánchez; ii) la
presunta respuesta dada por las autoridades frente a estos hechos; iii) los
alegados perjuicios económicos, morales y psicológicos causados por los crímenes en
su familia, especialmente haciendo énfasis en el período de convalecencia de su
padre Noel Emiro Omeara Carrascal desde la fecha del supuesto atentado, 28 de
enero de 1994, hasta su fallecimiento el 26 de julio de 1994, y iv) las posibles
medidas de reparación.
7)
Héctor Manuel Álvarez Solano, quien declarará sobre: i) el conocimiento que
tiene sobre los alegados crímenes sufridos por Noel Emiro Omeara Carrascal, Manuel
Guillermo Omeara Miraval y Héctor Álvarez Sánchez; ii) las presuntas averiguaciones
que hizo personalmente el declarante para establecer lo sucedido en los dos últimos
casos; iii) la presunta respuesta de las autoridades; iv) las presuntas afectaciones
económicas, familiares y morales sufridas a nivel individual y colectivo, y v) las
posibles medidas de reparación.
8)
Ricaurte Omeara Miraval, quien declarará sobre: i) los alegados: asesinato de
José Erminso Sepúlveda Saravia; atentado del padre del declarante, Noel Emiro
Omeara Carrascal; desaparición forzada y homicidio de hermano del declarante,
Manuel Guillermo Omeara Miraval, y el atentado contra la vida de Héctor Álvarez
Sánchez; ii) la supuesta respuesta obtenida de las autoridades estatales; iii) los
presuntos perjuicios económicos, morales y psicológicos padecidos por él y la familia
en razón de lo sucedido; iv) posibles medidas de reparación; v) el alegado contexto
de violencia política existente en Aguachica para la época, la supuesta presencia del
paramilitarismo en la región del Sur del César y las alegadas informaciones que la
comunidad daba sobre el apoyo y colaboración de la fuerza pública con los grupos
paramilitares, debiendo indicar el declarante por qué medios tuvo conocimiento de
los hechos contextuales aludidos.
9)
Noel Emiro Omeara Miraval, quien declarará sobre: i) los alegados perjuicios
económicos, morales y psicológicos sufridos a nivel individual y colectivo por él y su
familia a causa del atentado sufrido por su padre Noel Emiro Omeara Carrascal y su
hermano Manuel Guillermo Omeara Miraval, y ii) las posibles medidas de reparación.
10)
Erminso Sepúlveda Saravia, quien declarará sobre: i) las alegadas
afectaciones económicas, sociales y psicológicas provocadas por el alegado asesinato
de su padre José Erminso Sepúlveda Saravia; ii) los presuntos efectos ocasionados
en su niñez y desarrollo social y familiar tanto personal como de sus hermanos
menores de edad al momento de los hechos; iii) el alegado desplazamiento forzado a
causa de los hechos; iv) la presunta desestructuración familiar, y v) las posibles
medidas de reparación.
11)
Maryeny Sepúlveda Chinchilla, quien declarará sobre: i) los presuntos
perjuicios económicos, morales y psicológicos sufridos a nivel individual y colectivo