efectividad de determinadas medidas que haya adoptado en el fuero interno 5. Además, es
importante tener presente el contexto dentro del cual se solicita la adopción de medidas
provisionales 6.
5.
A efectos de analizar la solicitud de medidas provisionales presentadas por la Comisión, se
analizarán los argumentos de la Comisión, los representantes y el Estado, para luego realizar las
consideraciones que correspondan.
A. La solicitud de medidas
Interamericana a la Corte
provisionales
presentada
por
la
Comisión
6.
La Comisión argumentó que esta solicitud “refleja una situación excepcional que se basa en
el riesgo extremo, urgente e irreparable a los derechos de las personas identificadas, y que debe ser
valorada a la luz del contexto por el que atraviesa el Estado de Perú, que ha sido objeto de
permanente análisis por parte de la Organización de [los] Estados Americanos y de la Comisión, así
como de otros órganos de derechos humanos”.
A.1.
Contexto
7.
La Comisión refirió que la solicitud de medidas provisionales se presenta en un contexto de
fragilidad y conflictividad, el cual habría afectado la institucionalidad democrática en Perú. Asimismo,
la Comisión aludió al contexto particular en el que se inscriben las actividades del juez supremo
Salas Arenas en su calidad de presidente del Jurado Nacional de Elecciones, “las cuales se han hecho
especialmente notorias, visibles y de alto interés público para diversos sectores de la sociedad
peruana”.
8.
Según la Comisión, si bien estos contextos han ido “muta[n]do y variado en su intensidad,
alcance, actores y momentos temporales”, comparten determinados elementos comunes, tales
como: (i) contextos donde el tema electoral ha sido de especial atención para la sociedad peruana
y determinados sectores políticos del país; (ii) contextos donde se ha identificado una alta
polarización al interior de la sociedad peruana; (iii) contextos donde el propuesto beneficiario ha
tenido un liderazgo en materia electoral dado su cargo de presidente del Jurado Nacional de
Elecciones; (iv) contextos en los que el Jurado Nacional Elecciones y su presidencia han sido
cuestionados por determinados sectores de la sociedad y actores políticos del país; y (v) contextos
que han sido objeto de pronunciamientos de organismos internacionales, como la Secretaría General
de la OEA 7, el Consejo Permanente de la OEA 8, la propia Comisión 9, la Organización de las Naciones
5
Cfr. Asunto del Internado Judicial Capital El Rodeo I y El Rodeo II, Solicitud de medidas provisionales respecto de
Venezuela. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 8 de febrero de 2008, Considerando 8, y Asunto
Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos de 24 de junio de 2021, Considerando 5.
6
Cfr. Asunto de diecisiete personas privadas de libertad respecto de Nicaragua. Adopción de Medidas Urgentes.
Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 21 de mayo de 2019, Considerando 6, y
Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos de 24 de junio de 2021, Considerando 5.
7
de 2022.
Cfr. OEA, C-042/22. Comunicado de la Secretaría General de la OEA sobre la situación en Perú, de fecha 5 de agosto
8
Cfr. Consejo Permanente de la OEA, Resolución 1208/2022. Respaldo a la preservación de la institucionalidad
democrática y la democracia representativa en el Perú (Aprobada por el Consejo Permanente en la sesión extraordinaria
celebrada el 20 de octubre de 2022). Dicha resolución realizó un llamado a los actores para que sus acciones se enmarquen
en el respeto al estado de derecho.
9
CIDH, Informe País de 2023. Situación de los Derechos Humanos en el Perú en el contexto de las protestas sociales.
3