16 2 agentes de la Subestación del Municipio de Concepción Chiquirichapa” y “el servicio se presta bajo el plan de 5 por 5 días en horarios de 8 a 10 de la noche”; c) “lamentablemente la situación de las medidas provisionales a favor de la familia de Efraín Bámaca Velásquez se mantenía en la misma situación debido a que aún mantienen su anonimato, es decir, se desconocía el paradero o ubicación debido a que habían manifestado no requerir de las medidas de protección que podía brindar el Estado”; d) el 22 de febrero de 2008 se intentó ”entrevistar y determinar las necesidades de protección de los señores Aníbal de la Roca y Blanca Meléndez sin tener resultados positivos”. De otra parte, se informó a Emerita Mendoza, Aracelly Álvarez y Aron Álvarez sobre la adopción de medidas provisionales para garantizar la vida e integridad física a su favor y “sin embargo expresaron que algunos de sus familiares han preferido abandonar el país”. Dichos familiares serían: José Álvarez, Linda Álvarez, Erlinda Álvarez, Wendy y Sulni Pérez Álvarez. Además, señaló que la familia de la Roca Mendoza “ha indicado que no desean acompañamiento policial de ningún tipo”, y e) “los representantes de los peticionarios facilitarán una reunión para definir en forma diferenciada y particularizada para cada uno de ellos, cómo se implementarán las mismas y quién o quiénes harán [de] interlocutores con el Estado, basándose en la creación de confianza y canales de diálogo para cada uno de los 3 grupos familiares”. 50. Que el Estado indicó que, en virtud de que se ha reactivado la investigación en este caso, solicitó se deje sin efecto la solicitud de levantamiento de medidas presentada el 29 de febrero de 2008. En cuanto a la coordinación de las medidas, informó que en cuanto a las medidas ordenadas para la familia del señor Bámaca Velásquez, coordinaría con la señora Jennifer Harbury y sus representantes; para la familia de Otoniel de la Roca, con su hijo Kevin Otoniel, y para la familia de Santiago Cabrera, la comunicación se hará a través del mismo señor Cabrera. 51. Que los representantes agradecieron al Estado que haya retirado su solicitud de levantamiento las medidas y pidieron el mantenimiento de las mismas, ya que consideraron “que la investigación va a poner y va a someter nuevamente a un grave riesgo a los beneficiarios de las actuales medidas, que son testigos en la investigación o familiares que impulsan la investigación”. La señora Jennifer Harbury hizo referencia a “la ola de violencia y represalias incansables en contra de todos los testigos y otra gente involucrada en este caso y también sus familiares”, y describió como “especialmente espantoso” el caso de Otoniel de la Roca y sus familiares ya que “cuatro de sus primos han sido asesinados violentamente” desde la Sentencia de esta Corte en el año 2000. Además, los representantes indicaron que en el caso específico de las medidas relativas a las hermanas del señor Bámaca Velásquez, su implementación debe ser coordinada a través de la señora Harbury o de CEJIL. Asimismo, solicitaron que se requiera al Estado información respecto de las investigaciones que dieron origen a las medidas provisionales y en particular en relación a la muerte de los familiares de Otoniel de la Roca.

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