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d)
adopción de medidas necesarias para dejar sin efecto alguno la
sentencia condenatoria emitida por la Corte Suprema de Justicia del Perú contra
Luis Alberto Cantoral Benavides;
e)
anulación de los antecedentes judiciales o administrativos, penales o
policiales que existían en contra de Luis Alberto Cantoral Benavides, en relación
con los hechos del caso y cancelación de los registros correspondientes;
f)
publicación en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional de
la parte resolutiva de la Sentencia sobre el fondo dictada el 18 de agosto de
2000, y
g)
celebración del acto de desagravio público en reconocimiento de la
responsabilidad del Estado por las violaciones de los derechos humanos
cometidas en perjuicio de Luis Alberto Cantoral Benavides.
2.
Que mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de los
puntos pendientes de acatamiento total, a saber:
a)
pago de los intereses devengados por concepto de mora, de
conformidad con el párrafo 97 de la Sentencia de reparaciones y lo señalado en
el considerando duodécimo de la […] Resolución;
b)
tratamiento médico y psicológico que debe ser proporcionado a la
señora Gladys Benavides López, según el punto resolutivo octavo de la
Sentencia de reparaciones y lo señalado en el considerando décimo cuarto de la
[…] Resolución;
c)
otorgamiento a Luis Alberto Cantoral Benavides de una beca de
estudios superiores o universitarios en un centro de reconocida calidad
académica, elegido de común acuerdo entre el Estado y la víctima, y que cubra
los costos de la carrera profesional que éste último elija, así como los gastos de
manutención generados durante el período de tales estudios, según fue
ordenado en el punto resolutivo sexto de la Sentencia de reparaciones y lo
señalado en el considerando décimo tercero de la […] Resolución, y
d)
obligación de investigar y sancionar a los responsables de las
violaciones cometidas en perjuicio de Luis Alberto Cantoral Benavides, según
los puntos resolutivos doceavo y noveno de las Sentencias de fondo y de
reparaciones, respectivamente, así como lo establecido en los considerandos
décimo quinto a vigésimo segundo de la […] Resolución.
Y RES[OLVIÓ]:
1.
Requerir al Estado que adopte todas las medidas que sean necesarias para dar
efecto y pronto cumplimiento a los puntos pendientes de las Sentencias de fondo y de
reparaciones de 18 de agosto de 2000 y 3 diciembre de 2001, respectivamente, dictadas
por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Cantoral Benavides, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos.
2.
Solicitar al Estado que presente a la Corte, a más tardar el 31 de enero de
2005, un informe detallado sobre las gestiones realizadas con el propósito de cumplir las
obligaciones pendientes conforme las Sentencias de fondo y reparaciones, señaladas en
el punto declarativo segundo de la presente resolución.
3.
Solicitar a los representantes del señor Luis Alberto Cantoral Benavides y sus
familiares que presenten observaciones al informe del Estado en el plazo de cuatro
semanas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el plazo de seis
semanas, contados a partir de la recepción del mencionado informe, respectivamente.
[…]