- 10 discusión mantenida con otra interna y a ‘la notificación de las causas judiciales por las
cuales se la imputa’”, pero que se trata de circunstancias de “moderada gravedad”, respecto
de las cuales no se advirtió “un diagnóstico prolongado de carácter patológico o crónico”.
Además, resaltó que las dolencias de la señora Sala fueron oportunamente atendidas por las
autoridades penitenciarias. Sobre su estado de salud actual, Argentina remite y hace suyas
las conclusiones de un informe de 10 de noviembre de 2017 del juez de control que revocó
la prisión domiciliaria. Al respecto, explicó que la información médica y psicológica recogida
por dicho juez “determinó que la señora Sala presenta un cuadro de depresión leve a
moderado, muy común –según indica el magistrado- ya que el 70% de las mujeres privadas
de libertad en el país lo padecen”. Sobre el tema de ideación autolítica o suicida indicó que
por un lado “ello era descripto por el cuerpo médico judicial en sus informes, pero por otra
parte, también se referían a cierto grado de sobresimulación en el relato de la paciente,
coincidente con lo afirmado por la psicóloga del sanatorio privado que constató que la
misma, por su personalidad y el contexto grave o vital en el que se encuentra inmersa
puede estar efectuando una actuación (acting)”. El juez concluyó que “la situación de salud
de la señora Milagro Sala es en términos generales ‘buena’, habida cuenta que no posee
ninguna enfermedad o afección que no posea la mayoría de la población de esa edad en lo
que hace al aspecto físico así como en lo psíquico posee un trastorno depresivo leve a
moderado […]. Y […] cualquiera de las dolencias descriptas pueden ser tratadas dentro del
Servicio Penitenciario”. Para el Estado lo expuesto demuestra que “la actual situación de
salud de la señora Sala no reviste la extrema gravedad que sostiene la C[omisión]” y que el
Estado argentino ha adoptado medidas idóneas y eficaces para proteger la integridad
personal y la vida de la beneficiaria.
20. Los representantes señalaron que Milagro Sala es una indígena, líder social y
parlamentaria del Mercosur, respecto de quien el actuar del Estado “evidencia un intento
indiscriminado por destruir a un actor social emblema de la oposición al actual gobierno de
la provincia de Jujuy”, con lo cual se pretende “arrasar con la organización social a la que
pertenece y en ese marco, disciplinar y destruir a una referente social”. Alegaron que, desde
que asumió la actual gestión del Gobierno provincial en diciembre de 2015, “se ha
desplegado una clara y expresa estrategia de disciplinamiento de los actores sociales de
Jujuy, a través de la criminalización y detención de Milagro Sala y la procura de destrucción
de la Túpac Amaru, una importante organización política y social de Jujuy”. Indicaron como
“información de contexto” de la situación de extrema gravedad, urgencia e irreparabilidad en
la que se encuentra la señora Sala que: (i) su privación de libertad es ilegítima, pues se
originó en una protesta social y luego pretendió legalizarse con prisiones preventivas que no
reúnen los requisitos necesarios; (ii) las condenas arbitrarias en sede penal y
contravencional de 2016 están directamente vinculadas con el ejercicio del derecho a la
libertad de expresión; (iii) se le suprimieron derechos políticos, al impedírsele ejercer como
parlamentaria del Mercosur y procurar inhabilitarla ilegalmente para integrar organizaciones
sociales por más de 3 años; (iv)
se ha llevado a cabo “una feroz campaña de
estigmatización”, que ha incluido declaraciones de altos funcionarios del Estado; (v) se ha
intentado “destruir su organización social a través, entre otras acciones, de la suspensión de
su personería jurídica, la imposición de multas, la clausura de su local social y el
desmantelamiento de muchas de sus tareas sociales”, y (vi) se han desarrollado
irregularmente una serie de causas judiciales en las que además de sostenerse
arbitrariamente su detención, se han violado sus garantías judiciales.
21.
Los representantes alegaron que la decisión de regresar a la señora Sala a la
penitenciaría, se basó en “una construcción totalmente falaz de una supuesta causal de
incumplimiento”. Explicaron que la argumentación del juez se “refiere en realidad a un
evento único” del 13 de octubre, cuando la señora Sala se negó a ser trasladada al Hospital
“Pablo Soria”, porque sus abogados estaban gestionando turnos para solicitar autorización
para su traslado a la Clínica “Los Lapachos”. De acuerdo a los representantes, “[e]n ningún
momento el Estado consideró ni mínimamente la opinión o deseos de Milagro Sala respecto