- 10 discusión mantenida con otra interna y a ‘la notificación de las causas judiciales por las cuales se la imputa’”, pero que se trata de circunstancias de “moderada gravedad”, respecto de las cuales no se advirtió “un diagnóstico prolongado de carácter patológico o crónico”. Además, resaltó que las dolencias de la señora Sala fueron oportunamente atendidas por las autoridades penitenciarias. Sobre su estado de salud actual, Argentina remite y hace suyas las conclusiones de un informe de 10 de noviembre de 2017 del juez de control que revocó la prisión domiciliaria. Al respecto, explicó que la información médica y psicológica recogida por dicho juez “determinó que la señora Sala presenta un cuadro de depresión leve a moderado, muy común –según indica el magistrado- ya que el 70% de las mujeres privadas de libertad en el país lo padecen”. Sobre el tema de ideación autolítica o suicida indicó que por un lado “ello era descripto por el cuerpo médico judicial en sus informes, pero por otra parte, también se referían a cierto grado de sobresimulación en el relato de la paciente, coincidente con lo afirmado por la psicóloga del sanatorio privado que constató que la misma, por su personalidad y el contexto grave o vital en el que se encuentra inmersa puede estar efectuando una actuación (acting)”. El juez concluyó que “la situación de salud de la señora Milagro Sala es en términos generales ‘buena’, habida cuenta que no posee ninguna enfermedad o afección que no posea la mayoría de la población de esa edad en lo que hace al aspecto físico así como en lo psíquico posee un trastorno depresivo leve a moderado […]. Y […] cualquiera de las dolencias descriptas pueden ser tratadas dentro del Servicio Penitenciario”. Para el Estado lo expuesto demuestra que “la actual situación de salud de la señora Sala no reviste la extrema gravedad que sostiene la C[omisión]” y que el Estado argentino ha adoptado medidas idóneas y eficaces para proteger la integridad personal y la vida de la beneficiaria. 20. Los representantes señalaron que Milagro Sala es una indígena, líder social y parlamentaria del Mercosur, respecto de quien el actuar del Estado “evidencia un intento indiscriminado por destruir a un actor social emblema de la oposición al actual gobierno de la provincia de Jujuy”, con lo cual se pretende “arrasar con la organización social a la que pertenece y en ese marco, disciplinar y destruir a una referente social”. Alegaron que, desde que asumió la actual gestión del Gobierno provincial en diciembre de 2015, “se ha desplegado una clara y expresa estrategia de disciplinamiento de los actores sociales de Jujuy, a través de la criminalización y detención de Milagro Sala y la procura de destrucción de la Túpac Amaru, una importante organización política y social de Jujuy”. Indicaron como “información de contexto” de la situación de extrema gravedad, urgencia e irreparabilidad en la que se encuentra la señora Sala que: (i) su privación de libertad es ilegítima, pues se originó en una protesta social y luego pretendió legalizarse con prisiones preventivas que no reúnen los requisitos necesarios; (ii) las condenas arbitrarias en sede penal y contravencional de 2016 están directamente vinculadas con el ejercicio del derecho a la libertad de expresión; (iii) se le suprimieron derechos políticos, al impedírsele ejercer como parlamentaria del Mercosur y procurar inhabilitarla ilegalmente para integrar organizaciones sociales por más de 3 años; (iv) se ha llevado a cabo “una feroz campaña de estigmatización”, que ha incluido declaraciones de altos funcionarios del Estado; (v) se ha intentado “destruir su organización social a través, entre otras acciones, de la suspensión de su personería jurídica, la imposición de multas, la clausura de su local social y el desmantelamiento de muchas de sus tareas sociales”, y (vi) se han desarrollado irregularmente una serie de causas judiciales en las que además de sostenerse arbitrariamente su detención, se han violado sus garantías judiciales. 21. Los representantes alegaron que la decisión de regresar a la señora Sala a la penitenciaría, se basó en “una construcción totalmente falaz de una supuesta causal de incumplimiento”. Explicaron que la argumentación del juez se “refiere en realidad a un evento único” del 13 de octubre, cuando la señora Sala se negó a ser trasladada al Hospital “Pablo Soria”, porque sus abogados estaban gestionando turnos para solicitar autorización para su traslado a la Clínica “Los Lapachos”. De acuerdo a los representantes, “[e]n ningún momento el Estado consideró ni mínimamente la opinión o deseos de Milagro Sala respecto

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