imposición obligatoria de la pena de muerte 7, o las normas que autorizan la detención con fines de investigación fuera del proceso penal 8. B. Infracción al artículo 2 por la aplicación de leyes incompatibles con la Convención 10. En lo referente al análisis que la Corte ha realizado sobre normas internas que, una vez aplicadas en el marco fáctico del caso sometido a su jurisdicción, resultaron contrarias al artículo 2 de la Convención, debe indicarse que el abordaje tradicional parte de la premisa que “la competencia contenciosa de la Corte no tiene por objeto la revisión de las legislaciones nacionales en abstracto, sino que es ejercida para resolver casos concretos en que se alegue que un acto u omisión del Estado, ejecutado contra personas determinadas, es contrario a la Convención”. De esta forma, al conocer el fondo del asunto, la Corte examina “si la conducta del Estado se ajustó o no a la Convención en relación con la legislación vigente al momento de los hechos” 9. 11. Este enfoque puede observarse con gran amplitud en casos relacionados con las garantías judiciales y su relación con el debido proceso, así como el derecho a contar con un recurso judicial efectivo 10. Muestra de lo anterior son los asuntos relativos a la extensión del fuero castrense a delitos que no tienen estricta conexión con la disciplina 7 En el contexto de la aplicación de la Ley de Delitos contra la Personas de Trinidad y Tobago que, entre otros aspectos, ya había sido objeto de pronunciamiento en lo relativo a la imposición mecánica y automática de la pena de muerte para todo culpable de homicidio intencional, el Tribunal sostuvo que “es posible declarar una violación del artículo 2 de la Convención, en virtud de que la sola existencia de la Ley de Delitos contra la Persona es per se violatoria de esa disposición convencional”. Cfr. Caso Hilaire, Constantine y Benjamin y otros Vs. Trinidad y Tobago. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de junio de 2002. Serie C No. 94, párr. 116. En el mismo sentido: Caso Boyce y otros Vs. Barbados. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de noviembre de 2007. Serie C No. 169, párr. 72; y Caso Dial y otro Vs. Trinidad y Tobago. Fondo y Reparaciones. Sentencia de 21 de noviembre de 2022. Serie C No. 476, párr. 49. Concretamente la Corte se refirió a la figura del arraigo como medida de naturaleza preprocesal restrictiva de la libertad con fines investigativos, en el marco regulatorio de la investigación penal en México. Al respecto, señaló que dicha figura y su regulación normativa “contenían cláusulas que, per se, son contrarias a varios derechos establecidos en la Convención Americana, a saber: el derecho a no ser privado de la libertad arbitrariamente (art. 7.3), al control judicial de la privación de la libertad y la razonabilidad del plazo de la prisión preventiva (art. 7.5), a ser oído (art. 8.1), a la presunción de inocencia (art. 8.2) y a no declarar contra sí mismo (art.8.2.g)”. Cfr. Caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 7 de noviembre de 2022. Serie C No. 470, párr. 157; y Caso García Rodríguez y otro Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de enero de 2023. Serie C No. 482, párr. 151. 8 9 Cfr. Caso Genie Lacayo Vs. Nicaragua. Excepciones Preliminares. Sentencia de 27 de enero de 1995. Serie C No. 21, párr. 50; Caso Reverón Trujillo Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 30 de junio de 2009. Serie C No. 197, nota al pie 158; Caso Usón Ramírez Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de noviembre de 2009. Serie C No. 207, párr. 154, Caso Cepeda Vargas Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de mayo de 2010. Serie C No. 213, párr.51, Caso Contreras y otros Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de agosto de 2011. Serie C No. 232, párr. 172, entre otros. 10 Cfr. Caso Cabrera García y Montiel Flores Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de noviembre de 2010. Serie C No. 220, párr. 207. 4

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