RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 18 DE NOVIEMBRE DE 20101 CASO BÁMACA VELÁSQUEZ VS. GUATEMALA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de fondo dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 25 de noviembre de 2000. 2. La Sentencia de reparaciones dictada por la Corte Interamericana el 22 de febrero de 2002. 3. Las Resoluciones de la Corte de 27 de noviembre de 2003, 3 de marzo de 2005, 4 de julio de 2006, 10 de julio de 2007 y 27 de enero de 2009 sobre el cumplimiento de las Sentencias emitidas en el presente caso. 4. Las comunicaciones de 14 de abril y 24 de junio de 2009, 29 de enero, 22 de febrero, 16 de marzo, 12 de agosto, 9 y 29 de septiembre, 16 de octubre, y 15 de noviembre de 2010, mediante las cuales el Estado de Guatemala (en adelante, “el Estado” o “Guatemala”) se refirió al cumplimiento de las Sentencias. 5. Los escritos de 13 y 26 de mayo y 21 de julio de 2009; 24 de marzo, 22 de junio, y 16, 28 y 30 de septiembre, y 12 de noviembre de 2010, mediante los cuales los representantes de las víctimas (en adelante, “los representantes”) presentaron sus observaciones a los informes estatales o en relación con el estado de cumplimiento de las Sentencias. 6. Las comunicaciones de 8 de junio y 23 de julio de 2009, y 3 de junio, 17 y 30 de septiembre de 2010, mediante las cuales la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) presentó sus observaciones en relación con el estado de cumplimiento de la Sentencia. 1 Adoptada durante el 42º Período Extraordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, celebrado del 14 al 19 de noviembre de 2010, en Quito, Ecuador.

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