día la vista pública 50. 36. A las 14:00 horas del 24 de febrero de 1997 se procedió, en presencia del Procurador Auxiliar y los defensores de los procesados, a la verificación del Jurado. El juez escogió entre los jurados comparecientes a cuatro personas, quienes se unieron al juez designado para formar parte del Tribunal de Jurados. Dicha lista fue presentada a las partes en el juicio, otorgándoseles la oportunidad de recusar a alguno de los miembros si así lo estimaban necesario. Ni el Procurador Auxiliar ni los dos abogados defensores recusaron a ningún miembro del Jurado. Seguidamente se procedió a la juramentación de los integrantes del Tribunal de Jurados, se les “instaló en su cargo”, y se les instruyó para que eligieran a un presidente y a un secretario. A continuación, el Juez Primero de Distrito del Crimen hizo entrega del expediente al presidente del Tribunal de Jurados 51. 37. A las 18:50 horas del mismo 24 de febrero el Tribunal de Jurados declaró a los procesados como inocentes de los delitos de homicidio doloso y lesiones dolosas 52. A raíz de dicho veredicto absolutorio, el 27 de febrero de 1997 el Juzgado Primero de Distrito del Crimen de Chinandega absolvió a los procesados 53. En particular, dicha decisión señaló lo siguiente: “Habiendo sido declarados inocentes mediante veredicto dictado por el Honorable Tribunal de Jurados, que conoció de la presente causa se ABSUELVE a los procesados J.M.R.V., R.J.S.O., S.A.V.B. Y F.S.O.N. […] de ser autores de los delitos de HOMICIDIO DOLOSO Y LESIONES DOLOSAS cometidas en perjuicio de PEDRO BACILIO ROCHE AZAÑA, [PATRICIO FERNANDO ROCHE AZAÑA] , M.Q.P., N.D.S., A.C.S. y M.C.R., […] y por el cual le[s] fuera impuesto auto de segura y formal prisión. Ordénese su inmediata libertad, ofíciese a las autoridades del sistema penitenciario Nacional correspondiente para el cumplimiento de lo aquí resuelto” 54. 38. El señor Patricio Fernando Roche Azaña y sus familiares fueron notificados por primera vez sobre la resolución judicial que absolvía a los procesados en el mes de agosto de 1998, cuando la señora María Angelita Azaña Tenesaca, madre de los hermanos Roche Azaña, recibió informalmente por parte de un funcionario de la cancillería de Ecuador una copia de la sentencia dictada por el Tribunal de Jurados del Distrito del Crimen de Chinandega 55. VI FONDO 39. El presente caso se relaciona con la muerte del señor Pedro Bacilio Roche Azaña y las lesiones causadas a su hermano, Patricio Fernando Roche Azaña el 14 de abril de 1996, como consecuencia de los disparos proferidos por agentes estatales contra el vehículo en el que se transportaban y a bordo del cual pasaron tres controles migratorios, supuestamente sin que el conductor atendiera la voz de alto. Asimismo, el caso se relaciona con las alegadas falencias ocurridas en el marco del procedimiento penal que se siguió contra los agentes estatales que efectuaron los disparos. Cfr. Acta de insaculación del jurado, de 24 de febrero de 1997 (expediente de prueba, folio 3468). Cfr. Acta de organización del jurado, de 24 de febrero de 1997 (expediente de prueba, folio 3471). 52 Cfr. Veredicto del Tribunal de Jurados en la causa contra J.M.R.V., R.J.S.O., S.A.V.B. y F.S.O.N. (expediente de prueba, folio 3473). 53 Cfr. Resolución del Juez Primero de Distrito del Crimen de Chinandega en virtud de la cual se absuelve a los procesados J.M.R.V., R.J.S.O., S.A.V.B. y F.S.O.N., de 27 de febrero de 1997 (expediente de prueba, folios 3479 a 3483). 54 Cfr. Resolución del Juez Primero de Distrito del Crimen de Chinandega en virtud de la cual se absuelve a los procesados J.M.R.V., R.J.S.O., S.A.V.B. y F.S.O.N., de 27 de febrero de 1997 (expediente de prueba, folio 3482). 55 Cfr. Declaración de Patricio Fernando Roche Azaña en la Audiencia Pública celebrada ante esta Corte el 4 de febrero de 2020, en la que indicó que no tuvo “ningún conocimiento del juicio”, Informe de Fondo de la Comisión, no. 114/18, Caso 12.722, Pedro Basilio Roche Azaña y Otro – Nicaragua, de 5 de octubre de 2012, OEA/Ser.L/V/II.169, Doc. 131 (expediente de fondo, folios 14 y 21). 50 51 12

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