fuego y que tengan el entrenamiento adecuado para que en el evento en que deban decidir acerca de su uso posean los elementos de juicio necesarios para hacerlo 76. 64. La Corte Interamericana ha señalado que durante el desarrollo de un evento de despliegue de la autoridad, “los agentes estatales, en la medida de lo posible, deben realizar una evaluación de la situación y un plan de acción previo a su intervención” 77. Sobre esta misma obligación, la Corte Europea ha destacado que la actuación de agentes del Estado de forma “irregulada y arbitraria es incompatible con el efectivo respeto de los derechos humanos”. En palabras de la Corte Europea: (…) de acuerdo con la importancia del artículo 2 [derecho a la vida], en una sociedad democrática, la Corte debe someter denuncias de incumplimiento de esta disposición al escrutinio más cuidadoso, teniendo en consideración no sólo la acción de los agentes del Estado quienes ejercieron el uso de la fuerza, sino todas las circunstancias respectivas, incluyendo aquellas materias como la planificación y el control de las actividades objeto de examen (…)78. (traducción propia) 65. En el presente caso la Comisión nota que en los momentos inmediatamente anteriores a la muerte del joven Trueba, un grupo de agentes militares solicitó la detención del vehículo en el que se encontraba la presunta víctima junto con otras dos personas. Sobre esta actuación de sus agentes, el Estado sostuvo de manera genérica que en la época de los hechos y debido a la violencia derivada del narcotráfico, se estableció un puesto militar en Baborigame a cargo del teniente Luis Morales, quien fue la persona que disparó al señor Trueba. De los argumentos presentados por el Estado y de las piezas disponibles del expediente en el fuero penal militar, no resulta claro si estos hechos se enmarcaron dentro de un operativo militar específico ni su finalidad concreta en la fecha y lugar en que resultó muerta la presunta víctima. Sin embargo, lo que sí resulta claro de lo sostenido por ambas partes es que para ese momento, en términos generales, el Ejército mexicano estaba realizando labores de orden público en la zona. 66. La Comisión se ha pronunciado en múltiples ocasiones sobre la delegación de funciones de orden público a las fuerzas armadas. Así, en su Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos, la Comisión indicó que: En la región es recurrente que se proponga, o directamente se establezca, que efectivos militares asuman de seguridad interior a partir del argumento del incremento de los hechos violentos o delictivos. La Comisión se ha referido también a este punto, expresando que este tipo de planteos responden a la confusión entre “los conceptos de seguridad pública y seguridad nacional, cuando es indudable que la criminalidad ordinaria‐por muy grave que sea‐no constituye una amenaza militar a la soberanía del Estado”79. 67. En el citado informe, la Comisión expresó su preocupación por “la participación de las fuerzas armadas en tareas profesionales que, por su naturaleza, corresponden exclusivamente a las fuerzas policiales. En reiteradas ocasiones, la Comisión ha señalado que, dado que las fuerzas armadas carecen del entrenamiento adecuado para el control de la seguridad ciudadana, corresponde a una fuerza policial civil eficiente y respetuosa de los derechos humanos combatir la inseguridad, la delincuencia y la violencia en el ámbito interno”80. 76 Corte IDH. Caso Nadege Dorzema y otros Vs. República Dominicana. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de octubre de 2012 Serie C No. 251, párr. 84. 77 Corte IDH. Caso Nadege Dorzema y otros Vs. República Dominicana. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de octubre de 2012 Serie C No. 251, párr. 81. 78 ECHR, Case Makaratzis v. Greece. Application No. 50385/99/95, 20 December 2004, § 59. 79 CIDH. Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos. 2009, párr. 103. 80 CIDH. Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos CIDH. Justicia e inclusión social: los desafíos de la justicia en Guatemala. 2003, párrafo 113. 12 Humanos. 2009, párr. 100; y

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