3 alarma a sus víctimas quienes, a partir de ese momento, acuden a la institucionalidad estatal para encontrar la protección que esperan (usualmente bajo la forma de derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación). Creo, de la misma manera, que la Corte reconoce que los procesos penales pueden llegar a ser una especie de “caja negra”, donde la indeterminación de sus resultados es alta y donde, en consecuencia, las víctimas pueden sentir incomprensión, alienación y radical incertidumbre frente a las resultas del proceso penal. 7. Es igualmente posible afirmar que existe al día de hoy una cierta imagen social sobre el proceso penal: según ésta, se trata de un tipo de proceso en que solo al final del mismo se ofrecen resultados definitivos sobre “culpabilidad” o “inocencia”. La práctica y la experiencia han demostrado que existen buenas razones (que no me propongo rebatir en este momento) para mantener un cierto tipo de reserva de las etapas iniciales de la investigación penal, en salvaguardia tanto de su propia efectividad como de los derechos de potenciales responsables todavía tangencial o preliminarmente identificados o relacionados con los hechos. A pesar de ello, el excesivo aislamiento de las actuaciones estatales frente a las víctimas ha ayudado a generar la percepción de “caja negra” en la que las instituciones no responden adecuadamente a la necesidad de protección. Es cierto, de otro lado, que los Códigos de Procedimiento nacionales usualmente establecen los momentos y las oportunidades en que las decisiones formales se comunican a las partes; pero tales momentos usualmente no constituyen orientación significativa o suficiente para informales a las víctimas sobre las esfuerzos y las medidas de descargo de su obligación de medio. Es especialmente importante subrayar esta obligación en el marco del fortalecimiento de los derechos de las víctimas. 8. La falta de transparencia, especialmente en largos períodos de inactividad de la acusación, ha sido causa de muchas violaciones a los artículos 8 y 25. Una comprensión incompleta de los deberes legales de notificación a las víctimas puede servir para enmascarar la violación de las obligaciones de investigar que le incumben al Estado. La desidia o, incluso, el encubrimiento pueden encontrar excusa en procedimientos penales en los que argumentos de reserva tienden a predominar sobre la información adecuada y plena que las víctimas reclaman. 9. Existe, pues, un deber positivo y de medios, especialmente en violaciones de derechos humanos, de impedir la impunidad y ello implica, en mi concepto, una labor concienzuda de información (que puede traspasar exigencias meramente formales) de los esfuerzos que se realizan para la identificación de los responsables y el establecimiento de su responsabilidad. Esta obligación incluye, de la misma manera, la posibilidad de informar a las víctimas las dificultades que existen en la investigación de manera que ellas tengan una comprensión de los rigores que la ley procesal penal exige antes de poder determinar la responsabilidad. Así, pues, la sentencia absolutoria también puede ser vindicativa de las víctimas cuando no es simplemente el resultado de la sorpresa o de la desinformación. La sentencia de la Corte Interamericana no exigió (porque no puede) condenas penales en el caso Escué Zapata; pero, de otro lado, aspira a que las investigaciones penales no sean cajas negras cerradas en las que las investigaciones no avancen debidamente o que, por falta de información adecuada, la sentencia absolutoria se convierta en una forma de victimización secundaria. Estos mecanismos de comunicación procesal están establecidos en la leyes nacionales donde los Estados tienen un amplio margen de apreciación, pero con esta Sentencia de Interpretación la Corte reflexiona sobre este elemento de los artículos 8 y 25 para evitar que el deber de comunicación e información a las víctimas sea incompletamente cumplido mediante meras notificaciones formales de decisiones sin contexto, sin perspectiva o sin esperanza. Aunque la orden de la Corte tan sólo tiene aplicación para

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