D.1 Primer juicio oral 57. El 17 de marzo de 2003 se dio inicio al primer juicio oral. En su apertura, el Ministerio Público solicitó sentencia condenatoria por violación agravada, conforme a los artículos 308 y 310, incisos 1 a 3, del Código Penal92. De su parte, los querellantes se adhirieron a la acusación del delito de violación, aclarando que no se había hecho la acusación bajo el delito de estupro porque en el caso no había seducción o engaño sino falta de consentimiento93. Además, se ordenó94 que los sujetos procesales no estuvieran presentes, incluidos el imputado y su defensa, durante la declaración de Brisa95. 58. El 20 de marzo de 2003, la parte querellante solicitó la lectura en audiencia del certificado médico de 31 de julio de 2002 emitido por la Dra. M.R.C. Sin embargo, la defensa solicitó la exclusión probatoria, en virtud del artículo 172 del Código de Procedimiento Penal, por haber sido emitida antes de que se formulara la denuncia de 1 de agosto de 2001 y, por no haber sido realizada a solicitud del Ministerio Público, sino a petición de la DNI. Tras evaluar los argumentos de las partes, el Presidente del Tribunal decidió que el certificado médico forense no podía ser incorporado a juicio porque requería una solicitud previa del Ministerio Público. A pesar de esto, se permitió que la perita pudiera hacer declaraciones orales96. 59. En este primer juicio se realizaron un total de ocho audiencias con una duración de entre 1 hora con 45 minutos a 7 horas con 25 minutos, y declararon E.G.A., Brisa, José Miguel De Angulo, Luz Stella Losada, cinco testigos de cargo, nueve testigos de descargo, seis peritos/as de los querellantes y/o el Ministerio Público, y dos peritos/as de la defensa97. 60. El 28 de marzo de 2003 el Tribunal de Sentencia No. 4 determinó por unanimidad que el imputado era autor del delito de estupro agravado98, conforme a los artículos 309 y 310 inciso 3 del Código Penal, condenándolo a siete años de reclusión. Entre los fundamentos del fallo, el referido Tribunal señaló que “manipulaciones psicológicas engañosas han socavado la capacidad volitiva de 92 La acusación inicial se hizo solo por el delito de violación agravada, sin embargo, en la audiencia de juicio oral de 17 de marzo de 2003 el Ministerio Público, en virtud de pruebas de reciente obtención, solicitó la ampliación de la acusación al delito de “abuso deshonesto” (artículo 312 del Código Penal) presuntamente cometido en contra de otras menores de la familia de los querellantes. Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 17 a 25 de marzo de 2003 (expediente de prueba, folios 7618 a 7619). 93 Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 17 a 25 de marzo de 2003 (expediente de prueba, folios 7619 a 7620). El Tribunal de Sentencia No. 4 ordenó que el testimonio de Brisa se realizara en privado con auxilio de familiares o de un/una psicólogo/a y que la totalidad de los actos del juicio oral se realizaran en forma reservada. Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 17 a 25 de marzo de 2003 (expediente de prueba, folios 7618, 7629 y 7630); Sentencia emitida por el Tribunal de Sentencia No. 4, supra (expediente de prueba, folio 7664); Acta de audiencia de fundamentación oral de recurso de apelación restringida emitida por la Sala Penal Primera el 13 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folio 9715); Resolución emitida por la Sala Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba el 2 de diciembre de 2003 (expediente de prueba, folio 9750), y Sentencia emitida por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia el 2 de abril de 2004 (expediente de prueba, folio 9801). 94 95 Brisa relató que durante su declaración una psicóloga, que no conocía, fue asignada para acompañarla. También manifestó que, durante su testimonio, dos de los jueces ciudadanos se durmieron y uno de ellos preguntó si gritó al sufrir la violencia sexual. Cfr. Carta firmada por Brisa De Angulo Losada, supra (expediente de prueba, folios 7251 a 7252); Acta de audiencia de juicio oral de 17 a 25 de marzo de 2003 (expediente de prueba, folios 7629 a 7630), y Resolución emitida por la Sala Penal Primera el 5 de junio de 2003 (expediente de prueba, folio 9721). 96 Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 17 a 25 de marzo de 2003 (expediente de prueba, folios 10359 a 10360). 97 Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 17 a 25 de marzo de 2003 (expediente de prueba, folios 10341 a 10383). El Tribunal consideró que el único agravante probado fue el consagrado en el numeral 3) del artículo 310 del Código Penal por encontrarse el autor dentro del cuarto grado de consanguinidad. El Tribunal consideró que no se configuraban los agravantes de los numerales 1), 2) y 7) del mismo artículo, porque la víctima no presentaba lesiones leves, graves ni gravísimas; había duda sobre la extensión del daño que habría sufrido Brisa y, porque no se había probado la existencia de condiciones vejatorias o degradantes. Cfr. Sentencia emitida por el Tribunal de Sentencia No. 4, supra (expediente de prueba, folio 7669). 98 20

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