acusado107, la presunta víctima, sin la presencia del acusado108, la psicóloga que atendió a Brisa
después de la denuncia efectuada el 15 de julio de 2002 (supra párr. 52)109, la trabajadora doméstica
de la casa de habitación de su familia110, otra psicóloga111, José Miguel de Angulo112 y la madre del
imputado113. Se realizaron un total de cinco audiencias con una duración de entre 21 minutos a 7
horas con 16 minutos, y declararon cinco testigos de cargo, una testigo de descargo y dos peritas de
los querellantes y/o del Ministerio Público114.
65.
En audiencia de 15 de septiembre de 2005, el Tribunal de Sentencia No. 2 de Cochabamba
decidió la exclusión probatoria del certificado médico forense de 31 de julio de 2002, a solicitud de
la defensa del acusado115. Al término del juicio, el 23 de septiembre de 2005116, el referido Tribunal
determinó por unanimidad la absolución de E.G.A. En la sentencia se indicó, entre otros aspectos,
que (i) no existió una investigación eficiente que permitiera conferir elementos de convicción; (ii)
debido a la “debilidad probatoria” no pudo concluir si el acceso carnal “constituyó relación sexual
consensuada o agresión sexual o si efectivamente hubo acceso carnal, porque no existe un certificado
médico forense que acredite tal situación”; (iii) tomó como hecho probado que existieron cambios
de conducta en la presunta víctima “provenientes de situaciones traumáticas”, pero no encontró
evidencia que los vinculara con E.G.A., y (iv) no había evidencia de que las conductas de E.G.A.
hayan anulado la libertad sexual de Brisa. Además, concluyó que “no había sido posible identificar
en la conducta del imputado culpabilidad o dolo porque la relación sexual entre primos causa
incomodidad en la sociedad, pero no es un delito, y que la agravante aplicable a la violación entre
parientes requiere violencia y “en el caso de autos no se apreció violencia ni intimidación”117.
E.G.A. describió, inter alia, que las relaciones sexuales fueron consensuales; que entre él y Brisa no hubo violencia,
amenazas ni intimidación, y al final del juicio, indicó que llevaba “tres años sometiéndose a este proceso, cumpliendo de
manera puntual con las presentaciones, no se escapó, aun cuando su propia familia le pedía que lo h[iciera]”. Cfr. Acta de
audiencia de juicio oral de 15 a 20 de septiembre de 2005 (expediente de prueba, folios 9836 y 9870).
107
Brisa explicó que E.G.A. la golpeaba cuando no hacía lo que él quería; se refirió a las agresiones sexuales, y a la
primera vez que iniciaron; indicó que tenía sentimientos confusos: lo quería, pero también le daba “asco”, y señaló que
después de 3 meses desmintió el embarazo y le indicó al acusado que había abortado. Asimismo, indicó que en los Estados
Unidos de América acudió a, por lo menos, diez psicólogas. Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 15 a 20 de septiembre de
2005 (expediente de prueba, folios 9839 a 9840). Por su parte, según relato, uno de los jueces le indicó a Brisa que la “echaría
del [T]ribunal” si no dejaba de llorar. Cfr. Carta de Brisa De Angulo, supra (expediente de prueba, folio 7254).
108
Entre sus manifestaciones se encuentran: haber indicado que “había mucho sentimiento de culpa” y violencia psicológica;
que Brisa expresó que la primera vez que sucedió se sintió muy incómoda y para evitar la repetición de los hechos inventó un
embarazo, y que Brisa presentaba indicadores comunes en víctimas de agresión sexual. Cfr. Acta de audiencia de juicio oral
de 15 a 20 de septiembre de 2005 (expediente de prueba, folios 9841 a 9842).
109
La señora C.M., destacó el cambio en la actitud de Brisa después de la llegada del acusado. Cfr. Acta de audiencia de
juicio oral de 15 a 20 de septiembre de 2005 (expediente de prueba, folios 9844 a 9845).
110
111
R.M.Q. señaló que de las pruebas realizadas a Brisa se presentaba rastros de violencia sexual y signos de estrés post
traumático. Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 15 a 20 de septiembre de 2005 (expediente de prueba, folios 9849 a
9850).
112
En su testimonio José Miguel De Angulo indicó que Brisa empezó a cambiar y se volvió agresiva luego de la llegada
del acusado. Además, narró su viaje a Estados Unidas de América y el descubrimiento de las agresiones sexuales. La
declaración se vio interrumpida porque el testigo estaba “muy nervioso”. Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 15 a 20 de
septiembre de 2005 (expediente de prueba, folios 9851 a 9852).
113
M.C.A. indicó que era muy común ver a Brisa tener “atenciones” con el acusado, lo acariciaba y le introducía la mano
por debajo de la camisa. Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 15 a 20 de septiembre de 2005 (expediente de prueba, folio
9863).
114
Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 15 a 20 de septiembre de 2005 (expediente de prueba, folios 9826 a 9871).
115
Cfr. Acta de audiencia de juicio oral de 15 a 20 de septiembre de 2005 (expediente de prueba, folio 9854).
El señor De Angulo declaró que la deliberación de la sentencia duró 45 minutos. Cfr. Declaración de José Miguel De
Angulo, supra (expediente de prueba, folio 11441).
116
117
Cfr. Sentencia emitida por el Tribunal de Sentencia No. 2 el 16 de septiembre de 2005 (expediente de prueba, folios
10737 a 10738).
22