66.
Con la emisión de la sentencia absolutoria se dispuso la cesación de todas las medidas
cautelares personales que habían sido impuestas a E.G.A. hasta el momento118. El 28 de septiembre
de 2005 el Tribunal de Sentencia No. 2 ordenó el desarraigo del señor E.G.A.119.
67.
El 8 y 11 de octubre de 2005 los querellantes y el Ministerio Público, respectivamente,
apelaron la sentencia120. El 1 de marzo de 2006 se llevó a cabo la audiencia de fundamentación oral
de los recursos121. El 6 de marzo de 2006 la Sala Penal Primera confirmó la sentencia apelada al
considerar, inter alia, que no se había probado que la víctima hubiera sido “atemorizada de tal
manera que se constriña su voluntad y capacidad de resistir”122. Tal resolución fue recurrida en
casación por los querellantes el 22 de marzo de 2006. El 16 de noviembre de 2006 la Sala Penal
Primera dejó sin efecto el auto de vista impugnado123. El 10 de mayo de 2007 la Sala Penal Primera
resolvió las apelaciones restringidas, anulando la sentencia apelada de septiembre de 2005 y
disponiendo el reenvío de la causa para la realización de un nuevo juicio por otro tribunal de
sentencia. El 3 de diciembre de 2007 la Sala Penal Segunda declaró inadmisible el recurso de casación
que había interpuesto E.G.A., 6 meses antes, en contra de la decisión que anuló la sentencia
absolutoria124.
D.3 Tercer juicio oral
68.
El 15 de julio de 2008 el Tribunal de Sentencia No. 3 de Cochabamba (en adelante “Tribunal
de Sentencia No.3”) ordenó realizar juicio oral el día 8 de septiembre de 2008, luego de que los
Tribunales de Sentencia No. 1 y No. 2, ambos de Cochabamba, se excusaran del conocimiento del
proceso por ya haber intervenido en el mismo125.
69.
El 1 de agosto de 2008 el Tribunal de Sentencia No. 3 ordenó realizar un “dictamen pericial
sobre los puntos indicados en la acusación”126. El 20 de agosto del mismo año se llevó a cabo un
nuevo examen forense ginecológico127.
70.
El 3 de septiembre de 2008 el Tribunal programó audiencia a celebrarse el 22 de septiembre
de 2008, sin embargo, E.G.A. no se presentó. El Tribunal fijó nueva audiencia para el 28 de octubre
de 2008, E.G.A. tampoco compareció. Ese mismo día el Tribunal declaró su rebeldía, ordenó que se
118
Cfr. Sentencia emitida por el Tribunal de Sentencia No. 2, supra (expediente de prueba, folio 10738).
119
Cfr. Decisión emitida por el Tribunal de Sentencia No. 2 el 28 de septiembre 2005 (expediente de prueba, folio 8334).
120
Cfr. Apelación interpuesta por el Ministerio Público el 11 de octubre de 2005 (expediente de prueba a 8558 a 8566)
y Memorial de apelación presentado por Filiberto Camargo y María Leonor Oviedo Bellot, en representación de Brisa De Angulo
Losada, el 8 de octubre de 2005 (expediente de prueba, folios 11025 a 11047).
121
Cfr. Acta de audiencia de fundamentación oral de recurso de apelación restringida emitida por la Sala Penal Primera
el 1 de marzo de 2006 (expediente de prueba, folios 8621 a 8626).
122
Cfr. Fallo de apelación restringida emitida por la Sala Penal Primera el 6 de marzo de 2006 (expediente de prueba,
folios 8629 y 8631).
Cfr. Memorial de recurso de casación interpuesto por los abogados de la parte querellante el 22 de marzo de 2006
(expediente de prueba, folios 8669 a 8687), y Decisión emitida por la Sala Penal Primera el 16 de noviembre 2006 (expediente
de prueba, folio 8731).
123
Cfr. Sentencia emitida por la Sala Primera Penal Corte Superior de Justicia Cochabamba el 10 de mayo de 2007
(expediente de prueba, folio 8827); Recurso de casación interpuesto por E.G.A. el 22 de junio de 2007 (expediente de prueba,
folios 8902 a 8913), y Sentencia emitida por la Sala Penal Segunda el 3 de diciembre de 2007 (expediente de prueba, folios
8931 a 8932).
124
125
Cfr. Resolución emitida por el Tribunal de Sentencia No. 1 el 11 de junio de 2008 (expediente de prueba, folio 8976)
Auto de remisión del expediente emitido por el Tribunal de Sentencia No. 2 el 18 de junio de 2008 (expediente de prueba,
folio 8983), y Resolución emitida por el Tribunal de Sentencia No. 3 el 15 de julio de 2008 (expediente de prueba, folios 9000
a 9005).
126
Cfr. Decisión de 1 de agosto de 2008 emitida por el Tribunal de Sentencia No.3 (expediente de prueba, folio 10545),
y Memorial del Ministerio Público, de 29 de julio de 2008 (expediente de prueba, folio 10543).
127
9195).
Cfr. Informe pericial médico forense emitido por la Dra. M.R.C. el 20 agosto de 2008 (expediente de prueba, folio
23