66. Con la emisión de la sentencia absolutoria se dispuso la cesación de todas las medidas cautelares personales que habían sido impuestas a E.G.A. hasta el momento118. El 28 de septiembre de 2005 el Tribunal de Sentencia No. 2 ordenó el desarraigo del señor E.G.A.119. 67. El 8 y 11 de octubre de 2005 los querellantes y el Ministerio Público, respectivamente, apelaron la sentencia120. El 1 de marzo de 2006 se llevó a cabo la audiencia de fundamentación oral de los recursos121. El 6 de marzo de 2006 la Sala Penal Primera confirmó la sentencia apelada al considerar, inter alia, que no se había probado que la víctima hubiera sido “atemorizada de tal manera que se constriña su voluntad y capacidad de resistir”122. Tal resolución fue recurrida en casación por los querellantes el 22 de marzo de 2006. El 16 de noviembre de 2006 la Sala Penal Primera dejó sin efecto el auto de vista impugnado123. El 10 de mayo de 2007 la Sala Penal Primera resolvió las apelaciones restringidas, anulando la sentencia apelada de septiembre de 2005 y disponiendo el reenvío de la causa para la realización de un nuevo juicio por otro tribunal de sentencia. El 3 de diciembre de 2007 la Sala Penal Segunda declaró inadmisible el recurso de casación que había interpuesto E.G.A., 6 meses antes, en contra de la decisión que anuló la sentencia absolutoria124. D.3 Tercer juicio oral 68. El 15 de julio de 2008 el Tribunal de Sentencia No. 3 de Cochabamba (en adelante “Tribunal de Sentencia No.3”) ordenó realizar juicio oral el día 8 de septiembre de 2008, luego de que los Tribunales de Sentencia No. 1 y No. 2, ambos de Cochabamba, se excusaran del conocimiento del proceso por ya haber intervenido en el mismo125. 69. El 1 de agosto de 2008 el Tribunal de Sentencia No. 3 ordenó realizar un “dictamen pericial sobre los puntos indicados en la acusación”126. El 20 de agosto del mismo año se llevó a cabo un nuevo examen forense ginecológico127. 70. El 3 de septiembre de 2008 el Tribunal programó audiencia a celebrarse el 22 de septiembre de 2008, sin embargo, E.G.A. no se presentó. El Tribunal fijó nueva audiencia para el 28 de octubre de 2008, E.G.A. tampoco compareció. Ese mismo día el Tribunal declaró su rebeldía, ordenó que se 118 Cfr. Sentencia emitida por el Tribunal de Sentencia No. 2, supra (expediente de prueba, folio 10738). 119 Cfr. Decisión emitida por el Tribunal de Sentencia No. 2 el 28 de septiembre 2005 (expediente de prueba, folio 8334). 120 Cfr. Apelación interpuesta por el Ministerio Público el 11 de octubre de 2005 (expediente de prueba a 8558 a 8566) y Memorial de apelación presentado por Filiberto Camargo y María Leonor Oviedo Bellot, en representación de Brisa De Angulo Losada, el 8 de octubre de 2005 (expediente de prueba, folios 11025 a 11047). 121 Cfr. Acta de audiencia de fundamentación oral de recurso de apelación restringida emitida por la Sala Penal Primera el 1 de marzo de 2006 (expediente de prueba, folios 8621 a 8626). 122 Cfr. Fallo de apelación restringida emitida por la Sala Penal Primera el 6 de marzo de 2006 (expediente de prueba, folios 8629 y 8631). Cfr. Memorial de recurso de casación interpuesto por los abogados de la parte querellante el 22 de marzo de 2006 (expediente de prueba, folios 8669 a 8687), y Decisión emitida por la Sala Penal Primera el 16 de noviembre 2006 (expediente de prueba, folio 8731). 123 Cfr. Sentencia emitida por la Sala Primera Penal Corte Superior de Justicia Cochabamba el 10 de mayo de 2007 (expediente de prueba, folio 8827); Recurso de casación interpuesto por E.G.A. el 22 de junio de 2007 (expediente de prueba, folios 8902 a 8913), y Sentencia emitida por la Sala Penal Segunda el 3 de diciembre de 2007 (expediente de prueba, folios 8931 a 8932). 124 125 Cfr. Resolución emitida por el Tribunal de Sentencia No. 1 el 11 de junio de 2008 (expediente de prueba, folio 8976) Auto de remisión del expediente emitido por el Tribunal de Sentencia No. 2 el 18 de junio de 2008 (expediente de prueba, folio 8983), y Resolución emitida por el Tribunal de Sentencia No. 3 el 15 de julio de 2008 (expediente de prueba, folios 9000 a 9005). 126 Cfr. Decisión de 1 de agosto de 2008 emitida por el Tribunal de Sentencia No.3 (expediente de prueba, folio 10545), y Memorial del Ministerio Público, de 29 de julio de 2008 (expediente de prueba, folio 10543). 127 9195). Cfr. Informe pericial médico forense emitido por la Dra. M.R.C. el 20 agosto de 2008 (expediente de prueba, folio 23

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