8 25. Teniendo en cuenta que los representantes han sido informados en audiencia sobre las propuestas y argumentos presentados por el Estado en torno nuevo esquema de seguridad, se solicita que presenten sus observaciones en plazo establecido en el correspondiente punto resolutivo de la presente Resolución en el evento de no aceptar dichas propuestas, remitan una alternativa. 2.2. la al el y, Sobre las medidas de protección a la beneficiaria Mariela Duarte de Giraldo 26. El Estado informó que cuenta actualmente con rondas policiales a su residencia que se han venido desarrollando de manera correcta. Agregó que ante la solicitud de extender las rondas a su sitio de trabajo, “el Comando de Policía del Meta ha expresado que no hay ningún inconveniente en que ello se haga”. Los representantes ratificaron que “los beneficiarios han aceptado como medida de protección las rondas policiales que ha mencionado el Estado”. 27. La Comisión manifestó su beneplácito por el acuerdo entre las partes respecto a las rondas a la beneficiaria Mariela Duarte. Sin embargo, agregó que “falta información” sobre la propuesta de protección efectuada por el Estado y que es necesario clarificar lo pertinente teniendo en cuenta “las denuncias de una estrategia de inteligencia por parte del DAS que sería el órgano que le está brindando la protección hasta el momento”. 28. La Corte toma nota del acuerdo entre las partes respecto a los ajustes a las medidas de protección para la beneficiaria Mariela Duarte de Giraldo y queda a la espera de mayor información sobre su implementación. * * * 29. El Tribunal considera que la implementación de reuniones periódicas con los representantes de las beneficiarias tiende a garantizar su participación en la planificación e implementación de las medidas de protección ordenadas a su favor. Por tanto, la Corte insta al Estado a realizar todas las gestiones pertinentes para mantener a las beneficiarias o sus representantes informados sobre el avance de las medidas ordenadas por el Tribunal y facilitar su colaboración en la planificación e implementación de las mismas. 3. Sobre la investigación de los hechos que originaron las medidas provisionales 30. El Estado reconoció que “no hay” hechos nuevos que informar” que “permitan avanzar en el esclarecimiento” de los hechos que suscitaron las medidas provisionales. El Estado manifestó su disposición de “adquirir un compromiso” ante la Corte en el sentido de “oficiar a la Unidad de Justicia y Paz para que al grupo de Justicia y Paz que se encarga de investigar los hechos en los cuales estuvieron involucrados los miembros de los grupos de autodefensa que operaron en la zona del Meta, les sea preguntado específicamente respecto a su eventual participación en estos hechos”. El Estado señaló que hay que tener presentes las etapas correspondientes ante la Unidad de Justicia y Paz, la cual “tiene un mandato de la Corte Constitucional en el sentido de no tener investigaciones prioritarias”. De otra parte, el Estado resaltó que “hay una buena relación” de los beneficiarios “con el

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