12 La Comisión solicita a la Corte que se pronuncie con respecto a las costas y gastos incurridos por los representantes de las víctimas durante el trámite de este caso ante los tribunales nacionales y los órganos del sistema interamericano. 19. La Comisión designó como delegados a los señores Robert K. Goldman y Nicholas Blake y como asesores jurídicos a los señores David J. Padilla y Brian D. Tittemore. Asimismo, la Comisión acreditó en calidad de asistentes a los señores Julian Knowles, Keir Starmer, Saul Lehrfreund, Belinda Moffat, Yasmin Waljee y James Oury. 20. El 14 de abril de 2000 la Secretaría de la Corte (en adelante “la Secretaría”), previo examen preliminar de la demanda realizado por el Presidente de la Corte, la notificó, junto con sus anexos, al Estado. El mismo día la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, comunicó al Estado el derecho a designar juez ad hoc, en virtud de los artículos 18 del Reglamento y 10.3 del Estatuto de la Corte (en adelante “el Estatuto”). 21. El 14 de junio de 2000 Trinidad y Tobago interpuso una excepción preliminar a la competencia contenciosa de la Corte en este caso. Al día siguiente, la Secretaría transmitió copia de dicha comunicación a la Comisión Interamericana. 22. El 15 de julio de 2000 la Comisión respondió al escrito sobre la interposición de la excepción preliminar por parte del Estado, comunicación que fue transmitida a Trinidad y Tobago el día 17 de julio del mismo año. 23. El 1 de septiembre de 2000 la Comisión Interamericana renunció a que se convocara a una audiencia sobre la excepción preliminar presentada por el Estado. El 5 de septiembre de 2000, la Secretaría transmitió dicha comunicación al Estado y el 12 de septiembre de 2000 le solicitó que presentara sus observaciones, otorgándole plazo hasta el 29 de septiembre del mismo año. 24. El Estado no presentó sus observaciones a la petición de la Comisión, a pesar de que la Secretaría le solicitó nuevamente el envió de dichas observaciones el 2 de octubre de 2000. 25. El 9 de octubre de 2000 el Presidente de la Corte emitió una Resolución en los siguientes términos: 1. Aceptar la solicitud de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de renunciar a la convocatoria de una audiencia especial sobre la excepción preliminar interpuesta por el Estado de Trinidad y Tobago en el presente Caso. 2. Continuar con la consideración del Caso Constantine y otros en su etapa procesal vigente. 26. El 7 de mayo de 2001 la Secretaría recibió de la Comisión copias de dos decisiones relativas a casos sobre la imposición de la “pena de muerte obligatoria”, emitidas por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas y la Corte de Apelaciones del Caribe Oriental. Estas decisiones fueron transmitidas al Estado el 15 de mayo de 2001.

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