meses12, decisión que fue confirmada por el Tribunal Penal de Juicio del Primer Circuito Judicial de San José por medio de una resolución dictada el 14 de noviembre de 200313. 50. En esta última resolución, y en respuesta a la solicitud de cese de prisión preventiva por aplicación del artículo 260 del Código Procesal efectuada por la defensa del Sr. Cochran, el tribunal verificó, a partir de los informes médicos en su poder, que el imputado presentaba como diagnostico ser HIV positivo. Asimismo, el tribunal añadió que dicha condición no constituye una enfermedad terminal. En consecuencia, los jueces concluyeron que “el imputado no se encuentra dentro de la hipótesis fáctica del numeral 260 en estudio, pues esta norma requiere, para excluir la prisión preventiva, el padecimiento de enfermedad ‘grave y terminal’”14 51. Una vez ingresado el caso en la etapa intermedia y durante la realización del juicio oral, la prisión preventiva dictada contra el peticionario fue nuevamente prorrogada por sendas resoluciones de fecha 19 de enero15 y 30 de julio de 200416 dictadas por el Tribunal de Casación Penal del Segundo Circuito Judicial de San José. 52. Por otra parte, el 17 de agosto de 2004, el Tribunal Penal de Juicio del Primer Circuito Judicial de San José declaró al Sr. Thomas Scot Cochran autor responsable de: un delito de infracción a la ley sobre estupefacientes en su modalidad de suministro a menores de edad; un delito de fabricación o producción de pornografía y un delito de difusión de pornografía, ambos cometidos en perjuicio de una serie de menores de edad; tres delitos de relaciones sexuales remuneradas con personas menores de edad y un delito de corrupción en perjuicio de seis menores de edad y un delito de relaciones sexuales remuneradas con personas menores de edad en perjuicio de dos personas, todos ellos cometidos en concurso material. En consecuencia, le impuso al acusado la pena de 154 años de prisión, la cual, conforme a las reglas del concurso material previstas en el artículo 22 del Código Penal se adecuó a la pena de 45 años de prisión17. C. Sobre los procedimientos de revisión de la sentencia condenatoria Recurso de casación 53. El 6 de septiembre de 2004 los abogados del Sr. Cochran interpusieron un recurso de casación contra la sentencia de fecha 17 de agosto de 2004 que condenó a su defendido a la pena de 45 años de prisión. Posteriormente, con fecha 5 de octubre de 2004 el peticionario presentó un documento titulado “adhesión al recurso de casación” oportunamente interpuesto por sus abogados. De la lectura de ambos documentos se desprende que fueron alegadas cuestiones vinculadas tanto con la inobservancia o errónea aplicación de reglas procesales y de valoración de la prueba como también de normas de carácter sustantivas. A modo de ejemplo, los abogados plantearon una serie de agravios vinculados con una eventual errónea apreciación por parte del tribunal inferior de cierta prueba documental incorporada al expediente; con la falta de realización de algunos peritajes psicológicos y médicos sobre el cuerpo de las víctimas del caso y, finalmente, con la manera en que el tribunal de juicio aplicó al caso las reglas del concurso ideal y material18. ANEXO 8. Resolución de prórroga de la medida cautelar de prisión preventiva dictada por el Juzgado Penal de San José de fecha 20 de octubre de 2003. Anexo a la comunicación del peticionario de 18 de julio de 2006. 13 ANEXO 9. Voto 1048-03 del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José de fecha 14 de noviembre de 2003. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 18 de julio de 2006. 14 ANEXO 9. Voto 1048-03 del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José de fecha 14 de noviembre de 2003. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 18 de julio de 2006. 15 ANEXO 10. Resolución Nro. 2004-0018 del Tribunal de Casación Penal del Segundo Circuito Judicial de San Jose de fecha 19 de enero de 2004. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 18 de julio de 2006. 16 ANEXO 11. Resolución Nro. 2004-0774 del Tribunal de Casación Penal del Segundo Circuito Judicial de San Jose de fecha 30 de julio de 2004. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 18 de julio de 2006. 17 ANEXO 12. Sentencia Nro. 851-04 del Tribunal Penal de Juicio del Primer Circuito Judicial de San José de fecha 17 de agosto de 2004. Anexo a la comunicación del peticionario de 18 de julio de 2006. 18 ANEXO 13 Recurso de Casación interpuesto por los abogados Mainor Castillo Zamora y Mario Gonzalo Soto Baltodano de fecha 6 de septiembre de 2004. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 18 de julio de 2006. ANEXO 14. Documento de Adhesión al recurso de casación suscripto por Thomas Scot Cochran de fecha 5 de octubre de 2004. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 18 de julio de 2006 12 9

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