11 resultado de procesos judiciales o administrativos de cualquier clase en [aquél] país, no depende de estas gestiones y que se requiere además de una participación activa de la persona interesada”. 24. El Estado informó también que recibió, a través de las representantes, la expresión de voluntad de Gregoria Herminia Recinos Contreras de retornar a El Salvador, señalando como condiciones necesarias que se le proporcionara una vivienda en la cual ella, su esposo y tres hijos puedan vivir en condiciones dignas, ubicada en San Salvador, que cumpla con las condiciones adecuadas de seguridad, en una zona cerca a una escuela y con un espacio para que su esposo pueda establecer un taller de serigrafía. Además, se refirieron a aspectos migratorios para que su esposo y sus hijos, de nacionalidad guatemalteca, puedan vivir y trabajar en El Salvador. Al respecto, el Estado asumió su obligación en los términos de la Sentencia, la cual se concretaría en dos puntos: el apoyo psicosocial adecuado a sus necesidades y el pago de gastos de traslado de la víctima y su familia. Además, el Estado consideró básico asumir el apoyo y coordinación correspondiente para regularizar todo aspecto migratorio en El Salvador de la víctima y su familia, en su calidad de ciudadana salvadoreña. No obstante, el Estado había realizado un ofrecimiento de posibles viviendas en la zona de Lourdes Colón, La Libertad, el cual ha sido declinado por la víctima por no tener el espacio necesario para la instalación del negocio de su esposo. Dicha vivienda se ofreció en propiedad y sin el costo que tendría para la generalidad de la población, siendo que el Estado mantendría su disposición de ofrecer una vivienda en los mismos términos, además, a solicitud de la víctima y sus representantes, también exploraba posibilidades de vivienda en la zona del Departamento de San Vicente, lugar de residencia de Serapio Cristian Contreras. 25. Los representantes reconocieron que, efectivamente, se promovió el proceso judicial necesario para la modificación de la identidad de Gregoria Herminia Recinos Contreras en el Juzgado Segundo de Familia de la ciudad de Santa Ana. No obstante, consideraron que el Estado debe reforzar las acciones de coordinación adelantadas con la República de Guatemala en virtud de que las diligencias informadas corresponden a fechas de agosto de 2011, es decir, hace un año y medio, ya que a partir de la restitución de la identidad de la víctima existiría también la preocupación por la situación legal de sus hijos e hijas, debido a que afectaría su inscripción en la escuela, sin demérito de otros trámites que también se pueden ver afectados, como no poder salir del país con sus hijos sin la compañía de su esposo. En este sentido, solicitaron a la Corte que tenga por parcialmente cumplida esta medida de reparación y que se requiera al Estado agilizar los trámites faltantes, incluidos los relativos a las coordinaciones diplomáticas para realizar de forma pronta y oportuna la corrección de la certificación de matrimonio de la señora Gregoria Herminia Recinos Contreras y la rectificación en las partidas de nacimiento de sus hijos. En relación con la obligación del Estado de garantizar el retorno de Gregoria Herminia Recinos Contreras a El Salvador, los representantes expresaron su preocupación en cuanto a que el Estado esté realizando una lectura errónea de lo determinado por la Corte. Al respecto, consideraron que el Estado debe tener en cuenta que el taller de serigrafía es el único medio de subsistencia con que cuenta la familia y, como tal, debe garantizarles en El Salvador por lo menos en las mismas condiciones de vida con que cuentan en la República de Guatemala. Asimismo, informaron que la víctima valoró positivamente la propuesta del Estado de vivir cerca de su hermano Serapio Cristian Contreras, en la ciudad de San Vicente. No obstante, continúan a la espera de la referida propuesta de vivienda. Por lo tanto, solicitaron a la Corte que tenga por no cumplido este extremo de la medida de reparación, reitere al Estado su obligación de cumplir, incluyendo una lectura adecuada del significado de la frase “garantizar las condiciones para el retorno de [la víctima]”.

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