10 CIDH también analizará en la etapa de fondo la posible violación del artículo 3 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de dicho Convenio. 2. Notificar esta decisión al Estado y a los peticionarios. 3. Iniciar el trámite sobre el fondo de la cuestión. 4. Publicar el presente informe e incluirlo en el Informe Anual de la Comisión ante la Asamblea General de la OEA. Aprobado en la ciudad de Washington, D.C., a los 20 días del mes de agosto de 2010. (Firmado): Felipe González, Presidente; Paulo Sérgio Pinheiro, Vicepresidente; Dinah Shelton, Segunda Vicepresidenta; Rodrigo Escobar Gil y Luz Patricia Mejía Guerrero, Miembros de la Comisión.

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