50 lugar al que su hermano Mateo Grave acompa��ado de dos personas se habrían dirigido a fin de localizar y reconocer el cadáver (supra párr. 85). A su vez, Mateo Grave y Pedro Depaz Ciprián fueron señalados como víctimas de desaparición forzada, sin embargo, ha sido determinado que fueron ejecutados por un grupo de “judiciales” y sus cuerpos fueron trasladados también al Hospital de Salamá. Respecto a Mateo Grave, consta incluso que su cadáver fue enterrado en el cementerio de San Salamá por órdenes del Juez de Paz de San Miguel Chicaj (supra párrs. 85 y 86). Por ende y debido a que este Tribunal no cuenta con mayor información ni elementos que le permitan llegar a una conclusión diferente, considera que no es procedente concluir que las 4 personas mencionadas fueron víctimas de desaparición forzada. 147. En suma, la Corte considera que no es procedente concluir la desaparición forzada de un total de 59 personas que fueron alegadas como víctimas de dicha violación (supra párrs. 144 a 146). Sin perjuicio de lo anterior, la Corte observa que debido a la desidia investigativa del Estado y según la información aportada a este Tribunal que no fue desvirtuada, aún no ha sido posible exhumar y/o identificar en su totalidad los restos de 31 personas 165 que fueron enterradas por familiares y vecinos en cementerios clandestinos en la época del conflicto armado interno en Guatemala. En efecto, en algunos casos se desprende que aunque se conoce el lugar de enterramiento y/o se practicó la exhumación y recuperación de restos, se desconoce si se han completado los trabajos forenses de búsqueda, exhumación, recuperación, análisis y eventual identificación de restos. Dicha situación será tomada en cuenta por este Tribunal en el eventual análisis sobre la alegada falta de debida diligencia e impunidad en el caso, así como en el momento de resolver sobre las eventuales reparaciones, en los Capítulos IX.III y X de esta Sentencia. 148. Por otro lado, queda por determinar lo ocurrido a 22 personas que también han sido señaladas como víctimas de desaparición forzada y respecto de las cuales se tiene establecido que: a) Pedro Siana fue detenido junto con dos personas en el camino de Rabinal por un grupo de “judiciales” y se desconoce su paradero desde el 24 de agosto de 1981 (supra párrs. 85 y 86); b) Juan Pérez Sic, después de que salió a atender a un grupo de “judiciales” que llegaron a su vivienda y la registraron, fue visto por última vez en ese lugar por su compañera Manuela Toj Pérez el 15 de noviembre de 1981, y al día de hoy se desconoce su paradero (supra párr. 109); c) Lorenzo Depaz Siprian (o Lorenzo Depaz Ciprian o Florencio Depaz Cipriano) fue detenido en el camino de Rabinal por miembros del Ejército Nacional y de las PAC, conducido a la cárcel localizada en el cabildo municipal, visto por última vez en ese lugar por su suegro, el señor Ciriaco Galiego López, y desde el 8 de enero de 1982 se desconoce su paradero (supra párr. 88); d) Leonardo Cahuec Gonzales fue detenido en el camino de Rabinal por “judiciales”, conducido a la cárcel del centro del municipio de Rabinal, visto por última vez en ese lugar por su esposa Albertina Sic Cuxúm, y desde el 18 de enero de 1982 se desconoce su paradero (supra párr. 101); e) Juan Mendoza Alvarado y su padre José Cruz Mendoza Sucup fueron extraídos de su 165 No se han identificado los cuerpos de: 1. Héctor Rolando Alvarado García; 2. María Concepción Xitumul; 3. Raymunda Sical Corazón, y 4. Amelia Milián Morales. Tampoco los cuerpos de: 5. Clemente Juárez Ixpancoc; 6. Pedro Sic Jerónimo; 7. Gregorio Valey; 8. Timoteo Sic Cujá; 9. Roberto Galiego Chén; 10. Antonio Alvarado González; 11. Alfonso Cruz Juárez; 12. Santiago Alvarado Xitumul; 13. Teodoro González; 14. Eulogio Morales Alvarado; 15. Luciano González; 16. Apolinario Juárez Pérez; 17. Alberto Juárez Pérez; 18. Evaristo Siana; 19. Pedro Tum; 20. Egmidio Siana; 21. Demetrio Chen Alvarado; 22. Pedro Galiego Mendoza; 23. Camilo Juárez Valey; 24. Julián Garniga; 25. Benito Juárez Ixpancoc; 26. Francisco Depaz; 27. Maximiliano Sis Valey; 28. Vicente Sic Osorio; 29. Félix Alvarado Xitumul; 30. José Demetrio Cahuec Jerónimo, y 31. Antonio Chen Mendoza.

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