observaciones de los representantes de los beneficiarios dentro de un plazo de dos semanas,
contadas a partir de la recepción de las referidas observaciones de los representantes.
6.
Requerir a CEJIL y Tlachinollan que, a más tardar el 15 de junio de 2021, presenten
información completa y pormenorizada sobre los beneficiarios que no continúan trabajando en
Tlachinollan, así como respecto a su situación de riesgo.
7.
Disponer que la Secretaría notifique la presente Resolución a México, a los representantes
de los beneficiarios, y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Corte IDH. Caso Fernández Ortega y otros Vs. México. Medidas Provisionales. Resolución de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de abril de 2021. Resolución adoptada en
San José de Costa Rica por medio de sesión virtual.
Elizabeth Odio Benito
Presidenta
L. Patricio Pazmiño Freire
Eduardo Vio Grossi
Humberto Antonio Sierra Porto
Ricardo C. Pérez Manrique
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Elizabeth Odio Benito
Presidenta
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
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