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construcción de muros perimetrales, casetas de requisas, torres de iluminación,
ductos de agua, baños y dormitorios, y a la creación de un sistema informático para
la gestión penitenciaria (SIGEP). Asimismo, se tiene prevista la construcción de 15
centros de reclusión que “solucionar[ía]n los problemas de hacinamiento”. “[L]a
migración de internos a [nuevos] centros se produce en la medida en que [se tenga]
la capacidad [para ello en otros centros que cuenten] con funcionarios, con
especialistas penitenciarios, con psicólogos, criminólogos, trabajadores sociales y
abogados y servicios médicos para atender un mayor número de población[,] puesto
que de lo contrario [se] estarí[a] migrando población, […] para que esté desatendida
[y] desocupada”;
g)
las respectivas Fiscalías del Ministerio Público han iniciado 132 investigaciones
frente a los eventos violentos ocurridos en las cárceles, “destaca[ndo] que de todas
e[llas] s[ó]lo una corresponde a abuso por parte de un funcionario de [seguridad]”;
h)
“[e]l programa de formación de custodios asistenciales [h]a arrojado entre el
año 2004 y […] 2008, la incorporación de 792 custodios […] al sistema
[penitenciario]”, sin embargo se generan problemas de capacidad, ya que dicho
trabajo no resulta muy atractivo para los respectivos egresados;
i)
se han implementado misiones educativas orientadas a la aprobación del
sexto grado de educación básica, la culminación del bachillerato, la realización de
estudios superiores, la inserción de los reclusos al sistema productivo del penal y a la
ejecución de acciones en materia de formación, capacitación y organización laboral,
indicando que uno de los factores que limita la mayor participación es “el elemento
volitivo de los reclusos”;
j)
se “realizaron evaluaciones [de algunos] casos de […] internos[,] con miras a
acceder a las diferentes f[ó]rmulas alternativas de cumplimiento de pena”. Además,
el 21 de abril de 2008 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
admitió el recurso de nulidad en contra de los artículos 374, 375, 406, 407, 456,
457, 458, 460 y 470 del Código Penal y los artículos 31 y 32 de la Ley contra el
Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, decretando la
suspensión de los efectos de las normas que prohibían el otorgamiento de
“[b]eneficios [p]rocesales y [f]órmulas [a]lternativas de [c]umplimiento de la
[p]ena”. Asimismo, mediante Resolución No. 789 de 7 de agosto de 2008 se dispuso
“la creación de diez (10) nuevos [d]espachos [f]iscales a nivel [n]acional”. En la
misma línea, el Estado informó que mediante Decreto Nº 6.398 de fecha 9 de
septiembre de 2008, se creó la Comisión Nacional de Indultos;
k)
se creó el Consejo Superior Penitenciario como órgano “encargado del diseño
y formulación de políticas estructurales que atiendan de forma integral el Sistema
Penitenciario”. Finalmente, el Estado presentó información respecto de la
implementación del Programa “Haciendo Comunidad para los Derechos HumanosSub-programa ‘Comunidad Penitenciaria’”, el “Proyecto de Humanización
Penitenciaria” y el nuevo “Modelo de Gestión Penitenciaria”, y
l)
se podrán planificar las visitas de los representantes a los cuatro centros
penitenciarios una vez se encuentre instalado el sistema informático para la gestión
penitenciaria (SIGEP) (supra Visto 11.f).
12.
Que los representantes manifestaron, inter alia, lo siguiente respecto de la
implementación de las medidas provisionales: