de conformidad con el artículo 67 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los artículos 31.3 y 68 del Reglamento de la Corte, DECIDE: Por unanimidad: 1. Declarar admisible la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Casa Nina Vs. Perú, presentada por la representante de la víctima, en los términos del párrafo 8 de la presente Sentencia de Interpretación. 2. Declarar admisible la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Casa Nina Vs. Perú, presentada por el Estado, en los términos del párrafo 8 de la presente Sentencia de Interpretación. 3. Desestimar por improcedente la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Casa Nina Vs. Perú, presentada por la representante de la víctima, en los términos de los párrafos 17 a 20 y 24 a 26 de la presente Sentencia de Interpretación. 4. Desestimar por improcedente la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Casa Nina Vs. Perú, presentada por el Estado, en los términos de los párrafos 31 a 34 y 37 a 40 de la presente Sentencia de Interpretación. 5. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Sentencia de Interpretación a la República del Perú, a la representante de la víctima y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Corte IDH. Caso Casa Nina Vs. Perú. Interpretación de la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de septiembre de 2021. 10

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