de conformidad con el artículo 67 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
y los artículos 31.3 y 68 del Reglamento de la Corte,
DECIDE:
Por unanimidad:
1.
Declarar admisible la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Casa Nina Vs. Perú,
presentada por la representante de la víctima, en los términos del párrafo 8 de la
presente Sentencia de Interpretación.
2.
Declarar admisible la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Casa Nina Vs. Perú,
presentada por el Estado, en los términos del párrafo 8 de la presente Sentencia de
Interpretación.
3.
Desestimar por improcedente la solicitud de interpretación de la Sentencia de
Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Casa Nina
Vs. Perú, presentada por la representante de la víctima, en los términos de los párrafos
17 a 20 y 24 a 26 de la presente Sentencia de Interpretación.
4.
Desestimar por improcedente la solicitud de interpretación de la Sentencia de
Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Casa Nina
Vs. Perú, presentada por el Estado, en los términos de los párrafos 31 a 34 y 37 a 40 de
la presente Sentencia de Interpretación.
5.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Sentencia de
Interpretación a la República del Perú, a la representante de la víctima y a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos.
Corte IDH. Caso Casa Nina Vs. Perú. Interpretación de la Sentencia de Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de septiembre de 2021.
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