-104. Continuar supervisando los puntos pendientes de cumplimiento de la Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas de 23 de junio de 2005. 5. Evaluar la posibilidad de celebrar una audiencia privada de supervisión del cumplimiento de la Sentencia emitida en este caso, caso en el cual las partes serán notificadas en su momento. 6. Requerir a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución al Estado de Nicaragua, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes de las víctimas.

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