Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre las garantías judiciales aplicables a los procesos disciplinarios seguidos contra fiscales. En particular, el/la perito/a declarará sobre los estándares relativos a los derechos de defensa y las implicaciones que tiene el principio de congruencia en dicho ámbito, el derecho a contar con decisiones debidamente motivadas y contar con una revisión judicial efectiva de la sanción. Por otra parte, el/la perito/a se referirá a los deberes del Estado en materia de restricciones a la libertad de expresión de fiscales en el marco de investigaciones de interés público que estén realizando. El CV del/a perito/a ofrecido/a será incluido en los anexos al Informe de Fondo No. 301/20. Finalmente, la Comisión pone en conocimiento de la Corte la siguiente información sobre quienes actuaron como peticionarios a lo largo del trámite del caso: XXX Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente, Marisol Blanchard Vera Secretaria Ejecutiva Adjunta 4

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