118
d)
como consecuencia de las violaciones a la Convención, que fueron
determinadas en este caso, se sufrieron pérdidas económicas adicionales,
que incluyen costos y gastos personales como consecuencia de la búsqueda
por la justicia.
Además, se incluyen los gastos relacionados con el
tratamiento médico o psicológico necesario como consecuencia del daño
causado a los familiares: los gastos adeudados a Yam Mack Choy, padre de
la víctima, ascienden a US$16,442.30 (dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y
dos dólares de los Estados Unidos de América y con treinta centavos) y los
gastos adeudados a Lucrecia Hernández Mack, hija de la víctima ascienden a
US$7,692.30 (siete mil seiscientos noventa y dos dólares de los Estados
Unidos de América y con treinta centavos); y
e)
en cuanto a la hermana de la víctima Helen Mack Chang dejó su
empleo para emprender la búsqueda de justicia, por lo que cambió toda su
vida para luchar contra las injusticias continuas del Estado, y solicitaron que
la Corte fije una suma equitativa para compensar sus derechos violados y el
consiguiente cambio drástico en su plan de vida.
Alegatos del Estado
249.
El Estado no se refirió específicamente al daño material.
Consideraciones de la Corte
250. La Corte determinará en este acápite lo correspondiente al daño material, el
cual supone la pérdida o detrimento de los ingresos de la víctima y los gastos
efectuados por sus familiares con motivo de los hechos280, para lo cual fijará una
indemnización que busque compensar las consecuencias patrimoniales de las
violaciones que han sido declaradas en la presente Sentencia. Para ello, tendrá en
cuenta las pruebas reunidas en este caso, la jurisprudencia del propio Tribunal y las
alegaciones de los representantes de los familiares de la víctima, de la Comisión y
del Estado.
a)
Pérdida de ingresos
251. La Comisión y los representantes de los familiares de la víctima solicitaron
una compensación por concepto de pérdida de ingresos de Myrna Mack Chang. En
particular, dichos representantes solicitaron que la Corte tome como base el
promedio de lo que ganaba la víctima al momento de los hechos, lo que gana hoy
en día el director de AVANCSO, el sueldo que perciben personas con credenciales
académicas similares a los de la víctima, el aumento del salario de la víctima en el
tiempo, el aumento del costo de vida, la inflación en Guatemala y la expectativa de
vida, entre otros.
252. En relación con la pérdida de ingresos de Myrna Mack Chang, la Corte fija en
equidad la cantidad de US$235,000.00 (doscientos treinta y cinco mil dólares de los
Estados Unidos de América) por ese concepto. Esta cantidad deberá ser entregada
a la hija de la víctima, Lucrecia Hernández Mack.
b)
Daño emergente
253. En consideración de las pretensiones de las partes, el acervo probatorio, los
hechos probados del presente caso y su jurisprudencia, la Corte declara que la
280
Cfr. Caso Juan Humberto Sánchez, supra nota 9, párr. 162; Caso Trujillo Oroza. Reparaciones,
supra nota 277, párr. 65; y Caso Bámaca Velásquez. Reparaciones, supra nota 277, párr. 43.
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