125 a) tomar las medidas necesarias a fin de que se dé efecto legal en la esfera interna a la obligación de investigar y sancionar efectivamente a los autores intelectuales de la ejecución extrajudicial de Myrna Mack Chang. La principal reparación que se busca es el efectivo juzgamiento y sanción de los autores intelectuales del asesinato de Myrna Mack Chang; b) remover todos los obstáculos y mecanismos de hecho y derecho que mantienen el presente caso en la impunidad. En este sentido, se deben otorgar las garantías de seguridad suficientes a los jueces, fiscales, testigos, operadores de justicia y familiares de la víctima de este caso; además, las autoridades judiciales deben utilizar todos los mecanismos a su alcance para diligenciar el proceso en pro de la justicia; c) sustituir a la brevedad al Estado Mayor Presidencial en cumplimiento de lo acordado y señalado en los Acuerdos de Paz; d) adoptar las medidas de hecho y derecho necesarias para que en el sistema legal guatemalteco no existan normas que amparen con el secreto de Estado en las investigaciones con respecto a violaciones de derechos humanos; e) conservar viva la memoria de la víctima con otras medidas de satisfacción y garantías de no repetición, para lo cual solicitó que el Estado edite un libro contando la historia de la vida de Myrna Mack Chang; elabore un video contando la historia de la vida de la víctima; construya un monumento en nombre de la víctima o le ponga el nombre de ésta a una plaza o avenida; y constituya una beca con el nombre de la víctima en la carrera de antropología en una universidad guatemalteca para que un estudiante pueda ser financiado durante todo el tiempo que duran los estudios; Alegatos de los representantes de los familiares de la víctima 270. En su escrito respectivo, los representantes de los familiares de la víctima manifestaron que la familia Mack solicitó a la Corte que ordene al Estado las siguientes medidas de satisfacción: a) que continúe la investigación judicial interna y juzgue públicamente a todos los autores materiales e intelectuales que aún no han sido sometidos a juicio; b) que remueva los obstáculos para llevar a cabo el proceso judicial a nivel interno, lo que incluye la adopción de las siguientes medidas: b.i) dado que Helen Mack Chang en su calidad de parte civil en el proceso penal ha procurado obtener el testimonio de testigos que residen en el extranjero para la determinación de la autoría intelectual, sin una respuesta eficiente del Estado, la Corte pueda ordenar a aquél que emita las autorizaciones necesarias para permitir que los testigos Virgilio Rodríguez Santana, Rember Larios Tobar, Julio Pérez Ixcajop, Juan Marroquín Tejeda y José Tejeda Enríquez sean escuchados por el tribunal de la causa en Guatemala. El Estado deberá garantizar todas las medidas necesarias que permitan la

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