RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS* DE 3 DE FEBRERO DE 2010 MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE LA REPÚBLICA DE PERÚ ASUNTO RAMÍREZ HINOSTROZA Y OTROS VISTO: 1. La Resolución emitida por el Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 22 de julio de 2005, así como las Resoluciones emitidas por la Corte Interamericana el 21 de septiembre de 2005, el 7 de febrero de 2006, el 4 de julio de 2006 y el 17 de mayo de 2007. Mediante esta última, el Tribunal resolvió, inter alia: 1. Requerir al Estado que mantenga las medidas que hubiese adoptado y que adopte, sin dilación, las medidas que sean necesarias para proteger la vida e integridad personal del señor Luis Alberto Ramírez Hinostroza, de su esposa Susana Silvia Rivera Prado, y de sus tres hijas: Yolanda Susana Ramírez Rivera, Karen Rose Ramírez Rivera y Lucero Consuelo Ramírez Rivera, ordenadas mediante su Resolución de 21 de septiembre de 2005. 2. Ampliar los beneficiarios de las medidas y requerir al Estado que adopte, sin dilación, las medidas que sean necesarias para proteger los derechos a la vida y a la integridad personal de los señores Raúl Ángel Ramos De la Torre y Cesar Manuel Saldaña Ramírez, abogados del señor Ramírez Hinostroza. * El Juez Diego García-Sayán, de nacionalidad peruana, se excusó de conocer el presente asunto, de conformidad con los artículos 19 del Estatuto y 21 del Reglamento de la Corte, aprobado en su LXXXV Período Ordinario de Sesiones, celebrado del 16 al 28 de noviembre de 2009, lo cual fue aceptado por la Corte. Por tal motivo el Juez García-Sayán cedió la Presidencia en los términos del artículo 4.2 del Reglamento al Vicepresidente del Tribunal, Juez Leonardo A. Franco, Presidente en ejercicio para el presente asunto.

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