Sánchez, Chitay Nech y otros, Masacres de Río Negro y Gudiel Álvarez y otros (“Diario
Militar”).
POR TANTO:
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 63.2 y 68 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, y 27, 31 y 69 del Reglamento del Tribunal,
RESUELVE:
1.
Ratificar la Resolución del Presidente de adopción de Medidas Urgentes de 11 de
julio de 2022.
2.
Requerir al Estado de Guatemala que, para garantizar el derecho de acceso a la
justicia de las víctimas de los casos Bámaca Velásquez, Maritza Urrutia, Masacre Plan de
Sánchez, Chitay Nech y otros, Masacres de Río Negro, y Gudiel Álvarez y otros ("Diario
Militar"), continúe adoptando todas las medidas adecuadas para proteger eficazmente
los derechos a la vida e integridad personal de la señora Elena Gregoria Sut Ren, fiscal
titular de la Fiscalía de Derechos Humanos de Guatemala, así como su núcleo familiar,
y que adopte las medidas necesarias para garantizar la independencia en el ejercicio del
cargo de la fiscal Sut Ren. Se requiere al Estado que también adopte las medidas
necesarias para abordar el patrón de causas generadoras del aumento del riesgo de la
fiscal Sut Ren, de acuerdo con lo indicado en la parte considerativa de esta Resolución.
3.
Requerir al Estado que mantenga las medidas y esquema de seguridad asignado
a la señora Elena Gregoria Sut Ren, fiscal titular de la Fiscalía de Derechos Humanos de
Guatemala, así como su núcleo familiar, y que los continúe adoptando en común acuerdo
y en coordinación con la beneficiaria y sus representantes.
4.
Requerir al Estado que, a más tardar el 8 de febrero 2023, presente a la Corte
Interamericana un informe sobre el cumplimiento de lo dispuesto en los puntos
resolutivos 2 y 3 de esta Resolución, luego de lo cual deberá continuar informando a la
Corte cada tres meses, contados a partir de la remisión de su último informe.
5.
Requerir a los representantes de las víctimas que presenten sus observaciones
dentro de un plazo de cuatro semanas contadas a partir de la notificación de los informes
del Estado, así como a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presente
sus observaciones a dichos informes del Estado dentro de un plazo de dos semanas
contadas a partir de la recepción de las observaciones de los representantes.
6.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado
de Guatemala, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos.
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