peritajes presentados en éste proceso108 y en otros procesos109 ante el Tribunal (incorporados a la prueba documental en el presente caso) dan cuenta de esos vínculos. B. Determinaciones globales de los hechos y presuntas víctimas del caso 102. En esta sección la Comisión hará referencia a la información consolidada disponible con la que cuenta respecto de todas las presuntas víctimas del presente caso. 103. Constan en el expediente diversas fuentes de información sobre las presuntas víctimas del caso. Así, en la petición inicial recibida el 16 de diciembre de 1993, se individualizaron 1554 presuntas víctimas, entre personas asesinadas, desaparecidas, sobrevivientes de atentados y personas amenazadas, entre 1985 y la fecha de presentación de dicha petición. Respecto de este grupo inicial, la Presidenta de la Unión Patriótica, Aida Avella, certificó el vínculo de las presuntas víctimas con dicho partido. Además uno de los anexos de la petición inicial es un informe de la Defensoría del Pueblo de octubre de 1992. Dicho informe contiene un listado de casos de asesinatos y masacres de personas vinculadas con la Unión Patriótica entre 1985 y 1992. 104. Con posterioridad, la Comisión continuó recibiendo información sobre presuntas víctimas adicionales. Esta información fue presentada por la Corporación Reiniciar, tanto a través de listados complementarios, como a través de decenas de escritos de información actualizada en los cuales se indicaban expresamente hechos supervinientes en periodos específicos, con indicación de los nombres de nuevas presuntas víctimas de los mismos tipos de violaciones que se desagregan en la siguiente sección. En muchos de estos escritos se incluyó información sobre las circunstancias en que continuaron ocurriendo tales hechos supervinientes. 105. Asimismo, durante el proceso de solución amistosa, se allegaron al expediente informes de diversas autoridades estatales como la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría General de la Nación. En estos documentos se incluyen cuadros de información con listados de presuntas víctimas respecto de las cuales existían o bien investigaciones penales o bien investigaciones disciplinarias. 106. Frente a la cantidad y diversidad de fuentes en los términos referidos en los párrafos anteriores, la parte peticionaria que representa a la gran mayoría de presuntas víctimas, presentó el 18 de febrero de 2013 la información consolidada y definitiva sobre las personas que consideran presuntas víctimas. Esta información consolidada se refiere a un total de 6.528110 presuntas víctimas de los hechos de violencia en contra de integrantes y militantes de la Unión Patriótica entre 1984 y 2006. 107. En la presente sección, la Comisión efectuará las determinaciones correspondientes a la información disponible sobre este universo consolidado y definitivo de presuntas víctimas, cuya individualización se encuentra en los Listados de Víctimas anexos al presente informe de fondo. Además, en esta sección la Comisión efectuará las determinaciones correspondientes a la información disponible sobre presuntas víctimas representadas actualmente por la organización Derechos con Dignidad, incluyendo las que se encontraban en el listado consolidado presentado el 18 de febrero de 2013, así como una persona más que no se encuentra nombrada ni en el listado consolidado ni en los casos denominados representativos. 108 Corte IDH. Caso de las comunidades afrodescendientes desplazadas de la Cuenca del Río Cacarica (Operación Génesis) Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de noviembre de 2013. Citando Cfr. Peritaje rendido por Javier Ciurlizza, perito propuesto por la Comisión, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos durante la audiencia pública de 12 de febrero de 2013: “[…] Es de dominio público la existencia de vínculos entre grupos paramilitares y algunos actores locales económicos o políticos […]”. Peritaje antropológico rendido por Jesús A. Flores López, propuesto por los representantes, rendido ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en 12 de febrero de 2013. 109 Corte IDH. Caso de las comunidades afrodescendientes desplazadas de la Cuenca del Río Cacarica (Operación Génesis) Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de noviembre de 2013.Operación Génesis. Citando Cfr. Declaración Jurada rendida por Federico Andreu-Guzmán en Casos Masacre de Mapiripán y Masacre de La Rochela vs. Colombia. En distintas partes de su declaración, el señor Andreu hace referencia a la existencia de vínculos entre grupos paramilitares y militares. 110 La Comisión toma nota de que con posterioridad, Reiniciar aportó otra versión electrónica de este listado, en el cual se contabilizan un total de 6.526 presuntas víctimas. 24

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