3
preservar los derechos en posible riego hasta que se resuelva la controversia. Buscan
asegurar la integridad y efectividad de la decisión de fondo para evitar que se lesionen los
derechos en litigio, situación que podría desvirtuar el efecto útil de la decisión final. Las
medidas provisionales posibilitan que el Estado en litigio pueda cumplir la decisión final y,
en caso corresponda, cumplir con las reparaciones ordenadas 3.
3.
De igual manera, la disposición establecida en el artículo 63.2 de la Convención
confiere un carácter obligatorio a la adopción, por parte del Estado, de las medidas
provisionales que le ordena este Tribunal, ya que, de acuerdo a el principio básico del
Derecho de la responsabilidad internacional, los Estados deben cumplir sus obligaciones
de buena fe (pacta sunt servanda). El incumplimiento de una orden de adopción de
medidas provisionales dictada por el Tribunal durante el procedimiento ante la Comisión y
ante la Corte puede generar la responsabilidad internacional del Estado4.
4.
En el marco de las medidas provisionales, la Corte solo debe considerar
argumentos que estén directa y estrictamente relacionados con la situación de evitar
daños irreparables de extrema gravedad, necesidad y urgencia que determinaron su
adopción o si nuevos hechos igualmente graves y urgentes ameriten su mantenimiento.
Esto no constituye prejuzgamiento en el eventual caso sobre el fondo. Cualquier otro
asunto que no esté relacionado con esta situación solo debe ser puesto a conocimiento de
la Corte mediante el caso contencioso5.
5.
De acuerdo a las Resoluciones de la Corte Interamericana de 23 de noviembre de
2004; 29 de junio y 22 de septiembre de 2005 y 4 de febrero de 2010 (supra Visto 1); el
Estado debe, inter alia, proteger la vida e integridad personal de los beneficiarios6.
Asimismo, mediante la Resolución de 25 de noviembre de 2010, se requirió al Estado
adopte de forma inmediata y efectiva, todas las medidas necesarias y extraordinarias
para proteger y garantizar la vida e integridad personal de los beneficiarios. Asimismo,
proveer las medidas de custodia permanentes necesarias para brindar seguridad a las
viviendas de Maritza Barrios, Juan Barrios y Orismar Carolina Alzul García y asegurar e
implementar de forma efectiva las condiciones necesarias para que los miembros de la
familia Barrios que hayan tenido que trasladarse a otras regiones del país, regresen a sus
hogares.
6.
El 26 de julio de 2010 la Comisión Interamericana sometió al Tribunal el caso
Familia Barrios y otros Vs. Venezuela (No. 12.488). Según la demanda el caso se
relaciona con la alegada persecución por parte de la Policía de Aragua a los miembros de
7
la familia Barrios, la cual habría ocasionado la muerte de cinco de sus miembros ,
Cfr. Asunto del Internado Judicial El Rodeo II. Solicitud de Medidas Provisionales presentada por la
Comisión Interamericana respecto de Venezuela. Resolución de la Corte de 8 de febrero de 2008, Considerando
séptimo; Caso Eloisa Barrios y Otro, supra nota 2, Considerando segundo, y Asunto de la Comisión Colombiana
de Juristas. Solicitud de Medidas Provisionales presentada por la Comisión Interamericana respecto de
Colombia. Resolución de la Corte de 25 de noviembre de 2010, Considerando cuarto.
3
Cfr. Caso de las Penitenciarías de Mendoza. Medidas Provisionales respecto de Argentina. Resolución
de la Corte de 30 de marzo de 2006, Considerando décimo; Caso 19 Comerciantes Vs. Colombia. Medidas
Provisionales respecto de Colombia. Resolución de la Corte de 26 de agosto de 2010, Considerando tercero, y
Caso Eloisa Barrios y Otros, supra nota 2, Considerando tercero.
4
Cfr. Cfr. Asunto James y Otros. Medidas Provisionales respecto de Trinidad y Tobago. Resolución de la
Corte de 29 de agosto de 1998, Considerando sexto; Caso Eloisa Barrios y Otros, supra nota 2, Considerando
cuarto, y Asunto de la Comisión Colombiana de Juristas, supra nota 3, Considerando séptimo.
5
Eloisa Barrios, Inés Barrios, Beatriz Barrios, Orismar Carolina Alzul García, Pablo Solórzano, Caudy
Barrios, Jorge Barrios, Juan Barrios, Maritza Barrios, Roni Barrios, Roniex Barrios, Luis Alberto Barrios, Yelitza
Lugo Pelaes, Arianna Nazaret Barrios, Oriana Zabaret Barrios, Víctor Cabrera Barrios, Beatriz Cabrera Barrios,
Luimari Guzmán Barrios, Luiseydi Guzmán Barrios, Génesis Andreina Barrios, Víctor Tomas Barrios, Geilin
Alexandra Barrios, Elvira Barrios, Darelvis Barrios, Elvis Sarais Barrios, Cirilo Robert Barrios y Lorena Barrios
7
Al momento de la presentación de la demanda aún no habría ocurrido la muerte de Wilmer José Flores
Barrios ni el alegado atentado contra la vida de Néstor Caudí Barrios.
6