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2.
Reiterar al Estado el requerimiento de que adopte, sin dilación, cuantas
medidas sean necesarias para proteger la vida e integridad personal de Luisiana Ríos,
Armando Amaya, Antonio José Monroy, Laura Castellanos y Argenis Uribe.
3.
Reiterar al Estado el requerimiento de que dé participación a los peticionarios
en la planificación e implementación de las medidas de protección y que […] los
mant[uviera] informados sobre el avance de las medidas dictadas por la Corte […].
4.
Reiterar al Estado el requerimiento de que investigue los hechos denunciados
que dieron origen a las presentes medidas con la finalidad de descubrir a los
responsables y sancionarlos.
5.
Requerir al Estado y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que,
a más tardar el 21 de marzo de 2003, tom[aran] las providencias necesarias para la
creación de un mecanismo apropiado para coordinar y supervisar las medidas antes
mencionadas.
6.
Requerir al Estado que inform[ara] a la Corte […] sobre las medidas que
h[ubiera] adoptado en cumplimiento de la […] Resolución a más tardar el 28 de febrero
de 2003.
7.
Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, dentro de
una semana a partir de la notificación del informe del Estado, present[ara] a la Corte
[…] las observaciones que estim[ara] pertinentes.
8.
Requerir al Estado que, con posterioridad a su comunicación de 28 de febrero
de 2003 (supra punto resolutivo quinto), contin[uara] informando a la Corte […], cada
dos meses, sobre las Medidas Provisionales adoptadas, y requerir a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos que present[ara] sus observaciones a dichos
informes dentro de un plazo de seis semanas contado a partir de su recepción.
[…]
3.
La Resolución de la Corte de 21 de noviembre de 2003, mediante la cual
resolvió, inter alia,:
[…]
2.
Reiterar al Estado el requerimiento de adoptar, sin dilación, cuantas medidas
sean necesarias para proteger la vida e integridad personal de los señores Luisiana Ríos,
Armando Amaya, Antonio José Monroy, Laura Castellanos y Argenis Uribe.
3.
Requerir al Estado que adopte y mantenga cuantas medidas sean necesarias
para proteger la vida, la integridad personal y la libertad de expresión de los señores
Carlos Colmenares, Noé Pernía y Pedro Nikken, trabajadores de la emisora de televisión
Radio Caracas Televisión (RCTV).
4.
Requerir al Estado que de participación a los beneficiarios en la planificación e
implementación de las medidas de protección y que, en general, los mantenga
informados sobre el avance de las medidas dictadas.
5.
Requerir al Estado que investigue los hechos denunciados que dieron origen a
las […] medidas, con la finalidad de identificar a los responsables y sancionarlos.
6.
Requerir al Estado que inform[ara] a la Corte […] sobre las medidas que
h[ubiera] adoptado en cumplimiento de la […] Resolución a más tardar el 28 de
noviembre de 2003.
7.
Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, dentro de
dos semanas contadas a partir de la notificación que del informe del Estado haga la Corte
[…], present[ara] al Tribunal las observaciones que estim[ara] pertinentes.
8.
Requerir al Estado que, con posterioridad a su primera comunicación (supra
punto resolutivo sexto), contin[uara] informando a la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, cada dos meses, sobre las medidas provisionales adoptadas, y requerir a la
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