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este caso, y escuche las observaciones al respecto por parte de la Comisión
Interamericana y de los representantes de las víctimas y sus familiares.
POR TANTO:
EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
en ejercicio de las atribuciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de
supervisión del cumplimiento de sus decisiones, en consulta con los demás Jueces
del Tribunal, y de conformidad con el artículo 67 y 68.1 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, los artículos 25.1 del Estatuto y 14.1 y 29.2 de su
Reglamento,
RESUELVE:
1.
Convocar al Estado del Paraguay, a los representantes de las víctimas y sus
familiares y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia
privada que se celebrará en la sede de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos en San José de Costa Rica, el día 4 de febrero de 2008, a partir de las
11:00 horas y hasta las 12:30 horas, con el propósito de que el Tribunal obtenga
información por parte del Estado sobre el cumplimiento de los puntos pendientes de
acatamiento de la Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y
costas emitida en el presente caso, y reciba las observaciones de los representantes
de las víctimas y sus familiares y de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos al respecto.
2.
Notificar la presente Resolución al Estado, a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos y a los representantes de las víctimas y sus familiares.