4 v. la incorporación en el Código Orgánico Procesal Penal de los niveles de clasificación en mínima, media y máxima seguridad, y los parámetros marcos a seguir en este proceso y los profesionales encargados de hacerlo, y vi. las iniciativas legislativas para el régimen penitenciario, como lo es la presentación del Código Orgánico Penitenciario ante la Asamblea Nacional, el cual fue aprobado por unanimidad por los Diputados de la Asamblea el 5 de abril de 2011. Actualmente, está siendo discutido también por el primer Consejo Regional Penitenciario. b) en el año 2010 existían en Venezuela 150 personas privadas de libertad por cada 100.000 habitantes, esto es, un total de 43.520 privados de libertad, siendo que se registraron 315 personas fallecidas y 998 heridas, lo cual representaría un 0,71% de fallecidos y un 2,24% de heridos; c) a pesar del crecimiento poblacional registrado en el año 2010, de aproximadamente más de diez mil privados y privadas de libertad, el porcentaje de heridos y muertos es el más bajo reportado en comparación con los períodos anteriores, lo cual reflejaría que “no hay vinculación directa entre el crecimiento de la población y los hechos de violencia, esto como parte de las políticas que ha iniciado la Dirección Nacional de Servicios Penitenciarios en materia de atención integral, de las cuales se comienzan apreciar sus efectos en la reducción de la violencia en la población privada de libertad”; d) respecto al Internado Judicial de Ciudad Bolívar “Cárcel de Vista Hermosa”, es un establecimiento penitenciario para el tratamiento de los privados de libertad en condición de procesados, aunque en la actualidad alberga privados de libertad en condición de penados; e) en relación con los hechos violentos alegados por los peticionarios como fundamento para la solicitud de adopción de medidas provisionales, la DNSP realizó un cotejo de los datos aportados por los peticionarios y los datos oficiales que se manejan en dicha Dirección, adscrita al Ministerio del Poder Popular de Relaciones Interiores y Justicia, arrojando los siguientes resultados: i. los representantes sostuvieron que el total de la población reclusa actual sería de unos 930 internos aproximados, siendo que la población actual en la Cárcel de Vista Hermosa es de 856 privados de libertad, de los cuales 518 son procesados y 338 son penados, con una capacidad de diseño para 400 personas; ii. el número de funcionarios de custodia con los que cuenta la DNSP para este internado judicial es de 45 y no de 16 como indican los representantes, resaltando que se está en un proceso de captación en la Región de Oriental y con el fin de reforzar a estos funcionarios se implementaron los equipos itinerantes, los cuales cuentan con personal técnico y profesional; iii. en este establecimiento penitenciario se cumple el suministro de los alimentos de manera constante con una alimentación basada en 2654,65 Kcal/hombre/día; iv. en cuanto al servicio de salud se cuenta actualmente con dos médicos, un odontólogo y una enfermera. Durante el año 2010 se atendieron 2927 pacientes privados de libertad y en el primer trimestre de 2011 se atendieron 1016;

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