4
v.
la incorporación en el Código Orgánico Procesal Penal de los niveles de
clasificación en mínima, media y máxima seguridad, y los parámetros marcos
a seguir en este proceso y los profesionales encargados de hacerlo, y
vi.
las iniciativas legislativas para el régimen penitenciario, como lo es la
presentación del Código Orgánico Penitenciario ante la Asamblea Nacional, el
cual fue aprobado por unanimidad por los Diputados de la Asamblea el 5 de
abril de 2011. Actualmente, está siendo discutido también por el primer
Consejo Regional Penitenciario.
b) en el año 2010 existían en Venezuela 150 personas privadas de libertad por cada
100.000 habitantes, esto es, un total de 43.520 privados de libertad, siendo que
se registraron 315 personas fallecidas y 998 heridas, lo cual representaría un
0,71% de fallecidos y un 2,24% de heridos;
c) a pesar del crecimiento poblacional registrado en el año 2010, de
aproximadamente más de diez mil privados y privadas de libertad, el porcentaje
de heridos y muertos es el más bajo reportado en comparación con los períodos
anteriores, lo cual reflejaría que “no hay vinculación directa entre el crecimiento
de la población y los hechos de violencia, esto como parte de las políticas que ha
iniciado la Dirección Nacional de Servicios Penitenciarios en materia de atención
integral, de las cuales se comienzan apreciar sus efectos en la reducción de la
violencia en la población privada de libertad”;
d) respecto al Internado Judicial de Ciudad Bolívar “Cárcel de Vista Hermosa”, es un
establecimiento penitenciario para el tratamiento de los privados de libertad en
condición de procesados, aunque en la actualidad alberga privados de libertad en
condición de penados;
e) en relación con los hechos violentos alegados por los peticionarios como
fundamento para la solicitud de adopción de medidas provisionales, la DNSP
realizó un cotejo de los datos aportados por los peticionarios y los datos oficiales
que se manejan en dicha Dirección, adscrita al Ministerio del Poder Popular de
Relaciones Interiores y Justicia, arrojando los siguientes resultados:
i.
los representantes sostuvieron que el total de la población reclusa actual sería
de unos 930 internos aproximados, siendo que la población actual en la
Cárcel de Vista Hermosa es de 856 privados de libertad, de los cuales 518 son
procesados y 338 son penados, con una capacidad de diseño para 400
personas;
ii.
el número de funcionarios de custodia con los que cuenta la DNSP para este
internado judicial es de 45 y no de 16 como indican los representantes,
resaltando que se está en un proceso de captación en la Región de Oriental y
con el fin de reforzar a estos funcionarios se implementaron los equipos
itinerantes, los cuales cuentan con personal técnico y profesional;
iii.
en este establecimiento penitenciario se cumple el suministro de los alimentos
de manera constante con una alimentación basada en 2654,65
Kcal/hombre/día;
iv.
en cuanto al servicio de salud se cuenta actualmente con dos médicos, un
odontólogo y una enfermera. Durante el año 2010 se atendieron 2927
pacientes privados de libertad y en el primer trimestre de 2011 se atendieron
1016;