8 con lo dispuesto por el Tribunal en el considerando séptimo de la presente Resolución. 4. Que los representantes de las víctimas y sus familiares, así como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, deberán presentar sus observaciones al informe del Estado mencionado en el punto resolutivo anterior en el plazo de dos meses contado a partir de la recepción del referido informe. 5. Que se notifique la presente Resolución de Cumplimiento al Estado, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes de las víctimas y sus familiares. Antônio A. Cançado Trindade Presidente Alirio Abreu Burelli Máximo Pacheco Gómez Hernán Salgado Pesantes Sergio García Ramírez Oliver Jackman Carlos Vicente de Roux Rengifo Manuel E. Ventura Robles Secretario Comuníquese y ejecútese, Antônio A. Cançado Trindade Presidente Manuel E. Ventura Robles Secretario

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents