-2libertad de expresión y al derecho de asociación. El Tribunal también consideró que el Estado violó los derechos a la protección judicial y las garantías judiciales del señor Lagos4. El Tribunal estableció en ambas Sentencias que éstas constituían por sí mismas una forma de reparación y ordenó al Estado la adopción de medidas adicionales de reparación (infra Considerando 1). 2. Los siete informes presentados por el Estado del Perú entre diciembre de 2016 y julio de 2018 en el caso Pollo Rivera y otros5 y en el caso Lagos del Campo6. 3. Los ocho escritos de observaciones presentados por los intervinientes comunes7 del caso Pollo Rivera y otros8 y los representantes de la víctima9 del caso Lagos del Campo10 entre febrero de 2017 y junio de 2018. 4. Los cuatro escritos de observaciones presentados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) entre abril de 2017 y junio de 2018 en el caso Pollo Rivera y otros11 y en el caso Lagos del Campo12. CONSIDERANDO QUE: 1. En el ejercicio de su función jurisdiccional de supervisar el cumplimiento de sus decisiones13, la Corte ha venido supervisando la ejecución de las Sentencias del caso Pollo Rivera y otros y del caso Lagos del Campo, ambos contra Perú, emitidas respectivamente en octubre de 2016 y en agosto de 2017 (supra Visto 1). En la Sentencia del caso Pollo Rivera y otros el Tribunal dispuso cuatro medidas de reparación14, y en la Sentencia del caso Lagos del Campo la Corte dispuso tres medidas de reparación15. Mediante una Resolución de 30 de Respecto a dichas violaciones, la Corte estableció que: i) en el proceso de segunda instancia no se valoraron los alegatos de defensa de la víctima, lo cual no fue corregido en las diversas instancias; ii) el primer recurso de nulidad fue conocido y denegado por el mismo tribunal que avaló el despido; iii) la sentencia que resolvió el recurso de amparo no se pronunció sobre los derechos sustantivos alegados por el señor Lagos del Campo, al considerar que era cosa juzgada, y iv) se le exigió que agotará un recurso que a la época de los hechos era ilusorio. 5 Escritos de 12 de diciembre de 2016, 30 de diciembre de 2016, 18 de agosto de 2017, 12 de diciembre de 2017 y 23 de julio de 2018. 6 Escritos de 18 de diciembre de 2017 y 23 de julio de 2018. 7 En el caso Pollo Rivera y otros fueron designados dos intervinientes comunes: a) los defensores interamericanos Carlos Eduardo Barros da Silva y Lisy Bogado, quienes representan a las víctimas de la familia Silva Pollo y de la familia Pollo del Pino, y b) los señores Andrés Coello Cruz y Manuel Andrés Coello Cáceres, quienes representan a las víctimas María Mercedes Ricse Dionisio y Milagros de Jesús Pollo Ricse. 8 Escritos de 6 de febrero, 13 de febrero y 20 de octubre de 2017, así como 18 de enero, 22 de enero, 31 de mayo y 12 de junio de 2018. 9 La víctima del caso Lagos del Campo es representada por la organización no gubernamental Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH). 10 Escrito de 22 de febrero de 2018. 11 Escritos de 5 de abril y 26 de diciembre de 2017, así como 15 de junio de 2018. 12 Escrito de 15 de junio de 2018. 13 Facultad que además se desprende de lo dispuesto en los artículos 33, 62.1, 62.3 y 65 de la Convención Americana y 30 de su Estatuto y se encuentra regulada en el artículo 69 de su Reglamento. 14 Las medidas ordenadas en la Sentencia del caso Pollo Rivera y otros son: a) continuar y concluir la investigación en curso por los hechos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes sufridos por el señor Pollo Rivera y, de ser procedente, procesar y, en su caso, sancionar a los responsables (punto dispositivo séptimo de la Sentencia); b) realizar la publicación y difusión de la Sentencia (punto dispositivo octavo de la Sentencia); c) pagar las cantidades fijadas por concepto de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales (punto dispositivo noveno de la Sentencia), y d) realizar el reintegro de costas y gastos (punto dispositivo noveno de la Sentencia). 15 Las medidas ordenadas en la Sentencia del caso Lagos del Campo son: a) realizar la publicación y difusión de la Sentencia (punto dispositivo décimo de la Sentencia); b) pagar las cantidades fijadas por concepto de 4

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