-3mayo de 2018, la Corte determinó que el Estado había dado cumplimiento al reintegro al
Fondo de Asistencia Legal de Víctimas ordenado en las Sentencias de ambos casos16.
2.
De conformidad con lo establecido en el artículo 68.1 de la Convención Americana
sobre Derechos Humaons (en adelante “la Convenci��n”), “[l]os Estados Partes en la
Convención se comprometen a cumplir la decisión de la Corte en todo caso en que sean
partes”. Esta obligación incluye el deber del Estado de informar a la Corte sobre las medidas
adoptadas para cumplir cada uno de los puntos ordenados por ésta, lo cual es fundamental
para evaluar el estado de cumplimiento de la Sentencia en su conjunto 17. Los Estados Parte
en la Convención deben garantizar el cumplimiento de las disposiciones convencionales y sus
efectos propios (effet utile) en el plano de sus respectivos derechos internos. Estas
obligaciones deben ser interpretadas y aplicadas de manera que la garantía protegida sea
verdaderamente práctica y eficaz, teniendo presente la naturaleza especial de los tratados de
derechos humanos18.
3.
En la presente Resolución, la Corte se pronunciará únicamente sobre las medidas
relativas a realizar la publicación y difusión de las Sentencias de ambos casos (infra
Considerando 4). En posteriores resoluciones, el Tribunal se pronunciará sobre las demás
medidas de reparación.
A. Medidas ordenadas por la Corte
4.
En el punto dispositivo octavo y en el párrafo 279 de la Sentencia del caso Pollo Rivera
y otros, el Tribunal dispuso que el Estado debía publicar: “a) el resumen oficial de la […]
Sentencia elaborado por la Corte, por una sola vez, en el diario oficial ‘El Peruano’ y en un
diario de amplia circulación a nivel nacional; b) la […] Sentencia en su integridad, disponible
al menos por un período de un año, en un sitio web oficial del Poder Ejecutivo y del Poder
Judicial, de manera accesible al público”. Asimismo, en el punto dispositivo décimo y en el
párrafo 200 de la Sentencia del caso Lagos del Campo, el Tribunal ordenó al Estado publicar,
“a) el resumen oficial de la […] Sentencia elaborado por la Corte, por una sola vez, en el
Diario Oficial en un tamaño de letra legible y adecuado; b) el resumen oficial de la Sentencia
elaborado por la Corte, por una sola vez, en un diario de amplia circulación nacional en un
tamaño de letra legible y adecuado, y c) la […] Sentencia en su integridad, disponible por un
período de un año, en un sitio web oficial, de manera accesible al público y desde la página
de inicio del sitio web”. Para cumplir con dichas medidas, en ambas Sentencias la Corte otorgó
un plazo de seis meses a partir de su notificación.
B. Consideraciones de la Corte
indemnización por daños materiales e inmateriales (punto dispositivo décimo primero de la Sentencia), y c) realizar
el reintegro de costas y gastos (punto dispositivo décimo primero de la Sentencia).
16
Cfr. Casos Pollo Rivera y otros y Lagos del Campo Vs. Perú. Reintegro al Fondo de Asistencia Legal de
Víctimas. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 30 de mayo de 2018, disponible en:
http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/pollo_lagos_fv_18.pdf.
17
Cfr. Caso Cinco Pensionistas Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de 17 de noviembre de 2004, Considerando 5, y Caso Barrios Altos y Caso La
Cantuta Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos de 30 de mayo de 2018, Considerando 2.
18
Cfr. Caso Ivcher Bronstein Vs. Perú. Competencia. Sentencia de 24 de septiembre de 1999. Serie C No 54,
párr. 37, y Caso Barrios Altos y Caso La Cantuta Vs. Perú, supra nota 17, Considerando 2.