8.
Sumado a los alegados altos niveles de hacinamiento, la Comisión hizo referencia a la
existencia de otros factores de riesgo como la falta de un plan de extinción de incendios.
A.2. Las condiciones de detención de los propuestos beneficiarios
9.
Respecto a las condiciones de detención de las personas privadas de libertad encontradas
durante las visitas de inspección realizadas por la representación, la Comisión destacó las
siguientes:
a) Las personas privadas de libertad ven el sol de una a dos veces al mes dependiendo de la celda. Al respecto
se identificó que una persona llevaba más de ocho meses sin poder ver el sol.
b) Las celdas presentaban infiltraciones con inundaciones en los días de lluvia.
c) Las personas privadas de libertad dormían sobre colchones mojados.
d) Los colchones eran insuficientes y se encontraban sucios;
e) El acceso al agua estaría disponible tres veces al día;
f) Se ha informado sobre la presencia de heces de palomas en el agua;
g) Habría precario suministro de material de higiene;
h) En las celdas solo habría cañerías de ducha, y
i) La comida servida llega estropeada la mayor parte del tiempo, su calidad es muy baja y no hay un adecuado
ambiente para comer. Al respecto, la última comida se sirve a las 15:00 horas, dejando a las personas
privadas de libertad sin alimentos a partir de las 16:00.
10.
La Comisión advirtió que el Estado no ha desvirtuado la información respecto de las
condiciones de detención descritas en el párrafo anterior.
11.
La Comisión, además, indicó que el edificio de la PEM fue originalmente un depósito de
tanques del ejército y fue improvisado para custodiar personas privadas de libertad, sin que la
infraestructura actual refleje las condiciones adecuadas para las personas encarceladas. Sobre
el particular, la Comisión informó que el Estado ha realizado proyectos para renovar la
Penitenciaría, sin embargo, dichos planes no se habrían materializado más allá de algunas
reformas puntuales, como la celda C2, y el reemplazo de parte del techo, mejoras en el patio de
visitas y en el área de asistencia legal.
A.3. Las muertes y la situación de salud de los propuestos beneficiarios
12.
La Comisión observó con preocupación el deceso de al menos 50 personas privadas de
libertad en la PEM, desde el otorgamiento de las medidas cautelares, y advirtió que las muertes
ocurridas fueron registradas, en su mayoría, como “muertes naturales”, sin mayores precisiones,
mientras que otras fueron registradas como resultado de “enfermedad”. En algunos casos se
registró la “causa probable” de la muerte. Sobre el particular, la Comisión identificó que el Estado
no proporcionó información sustantiva sobre la causa de ninguna de las 50 muertes reportadas
por la representación. En efecto, señaló que, en 2020, el Estado se limitó a señalar que, de las
diez personas privadas de libertad que fallecieron en aquel momento, “dos tenían enfermedades
crónicas, cuatro tenían menos de un mes de ingreso a la unidad, cuatro tenían menos de cinco
meses y otras dos tenían nueve y diez meses de ingreso, respectivamente”. Adicionalmente,
resaltó la gravedad de los alegatos de la representación respecto de jóvenes en condiciones de
aparente normalidad de salud que han fallecido a causa de enfermedades bajo custodia del
Estado, sin que éste haya brindado información detallada al respecto. Asimismo, la Comisión
indicó que el alto y frecuente número de muertes registradas también está relacionado con la
falta de acceso a una atención de salud adecuada, oportuna y especializada.
13.
Por otra parte, si bien la Comisión valoró positivamente la instalación, en septiembre de
2020, de un equipo de la Política Nacional de Atención Integral a la Salud de las Personas
Privadas de Libertad en el Sistema Penitenciario (en adelante, “la PNAISP”) en la PEM, ello no
habría sido suficiente para evitar la muerte de personas privadas de libertad en la unidad,
además de que la composición actual del equipo sería insuficiente para atender a la población
carcelaria.
14.
Sumado a lo anterior, la Comisión señaló que es más grave aún la atención de salud que
se brinda en casos de urgencia y emergencia. Sobre el particular, indicó que los casos más
complejos y/o de emergencia dependerían de la asistencia externa y que es necesario esperar a
que el Servicio de Operaciones Especiales (en adelante “SOE”) realice el transporte de las
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